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Bibliografía
- Fernández Gálvez, J. Aprender o aprobar ¿en qué quedamos? Proyecto Atlántida. https://atlantidagranada.wixsite.com/granada/single-post/2017/03/09/aprender-o-aprobar-en-qu%C3%A9-quedamos - Fernández Gálvez, J. (2017). ¡Evaluar es muy diferente a calificar! Proyecto Atlántida. https://atlantidagranada.wixsite.com/granada/single-post/2017/03/28/evaluar-es-muy-diferente-a-calificar - Fernández Gálvez, J. (2017) Saber o aprender. Proyecto Atlántida. https://atlantidagranada.wixsite.com/granada/single-post/de-qu%C3%A9-hablamos-de-saber-o-de-aprobar-el-aprobar-supone-saber - Garbulsky, J. [TEDx Talks] (2017). Zombies en la escuela. [Video]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=g6zBmBUOMhY - Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado, 106, de 3 de mayo de 2021. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899 - López Martín, R. (2020). ¡Cómo Hemos Cambiado! Medio Siglo de Escuela en España (1970-2020). Cuestiones Pedagógicas. 2 (29). https://revistascientificas.us.es/index.php/CuestionesPedagogicas/article/view/14363 - Ros, N. (2019). 4’9 cortometraje. [Video]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=DV4CzhWVsbQ - Real Decreto 327/2010 por el que se aprueba el reglamento orgánico de los institutos de Educación Secundaria
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Conclusión
Durante el desarrollo de esta asignatura hemos aprendido cómo ha evolucionado la ley educativa española, haciendo hincapié en el hecho de que los cambios elaborados a nivel legislativo son difíciles de observar en el día a día de un instituto. Así, las aulas de los institutos funcionan de manera similar, en algunos aspectos (como el método de evaluación), a los centros educativos de la década de los setenta.
Por otro lado, hemos observado cómo es la estructura organizativa de los centros de secundaria y lo que a éstos les viene exigido por la LOMLOE.
Sin embargo, no todo ha sido estudiar leyes y su historia, pues también hemos reflexionado sobre los modos de mejorar la relación y comunicación entre profesores y alumnos a partir de casos reales dados en centros de secundaria.
Por último, destacaría la elaboración en grupo de una unidad didáctica de filosofía.
En definitiva, considero que esta materia ha sido útil por los aspectos ya referidos, pero especificaría que he tenido dificultad para comprender el orden de la asignatura.
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Reflexión personal sobre la ley actual: una paradoja respecto al pensamiento crítico
Son varios los apartados de la LOMLOE que insisten en la difusión del pensamiento crítico entre los alumnos de los centros de secundaria. Así, por ejemplo, observamos:
· CAPÍTULO I, artículo 1, apartado l). El desarrollo de la igualdad de derechos, deberes y oportunidades, el respeto a la diversidad afectivo-sexual y familiar, el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres a través de la consideración del régimen de la coeducación de niños y niñas, la educación afectivo-sexual, adaptada al nivel madurativo, y la prevención de la violencia de género, así como el fomento del espíritu crítico y la ciudadanía activa.
· CAPÍTULO III, artículo 23, apartado e). Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades.
· CAPÍTULO III, artículo 24, apartado 5. Sin perjuicio de su tratamiento específico, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, la competencia digital, el emprendimiento social y empresarial, el fomento del espíritu crítico y científico, la educación emocional y en valores y la creatividad se trabajarán en todas las materias.
· CAPÍTULO IV, artículo 33, apartado b). Consolidar una madurez personal, afectivo-sexual y social que les permita actuar de forma respetuosa, responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever, detectar y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales, así como las posibles situaciones de violencia.
Estos son algunos de los puntos en los cuales podemos observar la insistencia de la nueva ley de educación en la transmisión del pensamiento crítico. Sin embargo, la problemática que planteo es la siguiente: ¿es posible difundir un sentido crítico de pensamiento entre los alumnos a la misma vez que se les enmarca dentro de un sistema de valores que no permite alejarse de éstos? Es decir, ¿es realmente crítico el pensamiento que nace de unas bases que han sido impuestas desde el convencimiento de que son las mejores? Ilustraré la cuestión con un ejemplo:
Actualmente, vivimos el auge de las tecnologías. Tanto es así que nuestra vida se ha visto completamente trastocada por la aparición de nuevos aparatos de los que hace apenas unas décadas no teníamos conocimiento alguno salvo, quizá, por películas de ciencia ficción. Todos somos capaces de reconocer las ventajas que nos brindan estos aparatos (móviles, internet, ordenadores, etc.). Su utilidad y popularidad son tales que en los centros educativos se exige la enseñanza de su uso, tal y como vemos en la ya citada LOMLOE:
· CAPÍTULO I, artículo 2, apartado l). La capacitación para garantizar la plena inserción del alumnado en la sociedad digital y el aprendizaje de un uso seguro de los medios digitales y respetuoso con la dignidad humana, los valores constitucionales, los derechos fundamentales y, particularmente, con el respeto y la garantía de la intimidad individual y colectiva.
De esta manera, la LOMLOE pretende promover tanto el pensamiento crítico como el uso de las TICs y la inserción del alumnado en la sociedad digital. Ahora bien, cuando los docentes animan a los alumnos a usar las nuevas tecnologías, ¿les explican que al hacer uso de los servicios de una página de internet dejan un rastro de datos personales con los cuales dicha página comercializa (nombre, ubicación, dirección de correo electrónico, intereses y pasatiempos, etc.)? ¿hablan a sus alumnos del impacto medioambiental que causa la extracción de las materias primas que componen sus aparatos electrónicos? ¿les invitan a reflexionar sobre la escasa o nula libertad de la que actualmente disponen los individuos para decidir no tener este tipo de aparatos? Éstas son solo algunas de las preguntas que podríamos plantearnos si quisiéramos analizar con una perspectiva crítica el uso de las nuevas tecnologías y que, sin embargo, no se exponen en los centros educativos, sino que los alumnos son instados directamente a su uso.
Esta es la paradoja a la que hago referencia en el título de este post: la LOMLOE defiende el pensamiento crítico, pero confía en el funcionamiento de ciertas estructuras socio-económicas y en la difusión de un sistema de valores cuyas puestas en cuestión no están previstas en ningún momento de la etapa educativa de los estudiantes.
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REAL DECRETO 327/2010 ÓRGANOS QUE COMPONEN UN CENTRO EDUCATIVO
Como futuros profesores, nos conviene conocer cuáles son los órganos que componen un centro educativo:
1. Órganos colegiados de gobierno. Aprueba y evalúan el plan de centro, aprueban el presupuesto y justifican la cuenta de gestión, seleccionan el director, deciden sobre la admisión del alumnado, conocen la resolución de conflictos disciplinarios, promueven la conservación de instalaciones y equipos y analizan y valoran el funcionamiento del centro.
a. Consejo escolar (equipo directivo, padres y madres, profesorado, alumnado, ayuntamiento, PAS.)
b. Claustro de profesores. Es el órgano propio de participación de los docentes en el gobierno del centro. Planifican, coordinan, informan y, en su caso, deciden sobre todos los aspectos educativos del centro. Está presidido por el director e integrado por la totalidad de los profesores que prestan servicio en el centro. Las reuniones deben posibilitar la asistencia de todos sus miembros, ya que la asistencia es obligatoria. La sesión ordinaria es convocada por el secretario con orden del día y un mínimo de 4 días, por orden del director, quien ha tomado la decisión por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de los miembros. La sesión extraordinaria necesita una antelación mínima de 48 horas.
2. Órgano ejecutivo de gobierno:
a. Director
b. Jefe de estudios
c. Secretario/administrador
3. Órganos de coordinación docente. Se encargan de la designación y propuesta de nombramiento de los responsables de los órganos, cuando proceda, en septiembre. Jefatura de estudios elabora el plan de reuniones.
a. Equipos docentes. Los componen todo el profesorado del centro. Sus funciones consisten en el seguimiento del aprendizaje del alumnado, evaluación y promoción del alumnado, realizar actuaciones de mejora de la convivencia y resolución de conflictos, proponer y elaborar ACI no significativas, atender a padres/madres, informar al alumnado sobre la programación de cada área y a los padres/madres.
b. Áreas de competencia: área social-lingüística, área científico-tecnológica, área artística y área de F.P. Cada área tendrá un miembro con horario lectivo para coordinar.
c. Departamento de orientación. Está formado por el profesorado perteneciente a la especialidad de orientación educativa, los maestros especialistas en educación especial y en audición y lenguaje, el profesorado responsable de los programas de atención a la diversidad y los educadores sociales y otros profesionales no docentes con competencias en la materia con que cuente el centro. Sus funciones son: colaborar con el equipo directivo, colaborar y asesorar a los departamentos de coordinación didáctica y al profesorado y asesorar al alumnado.
d. Departamento de formación, evaluación e innovación educativa. Realizan el diagnóstico de las necesidades formativas del profesorado como consecuencia de los resultados de la autoevaluación, proponen al equipo directivo las actividades formativas que constituirán el plan de formación del profesorado, investigan sobre el uso de las buenas prácticas docentes existentes y trasladan a los departamentos para su conocimiento y aplicación, fomentan el trabajo cooperativo de los equipos docentes y velan para que estos contribuyan al desarrollo de las competencias básicas, informan al profesorado sobre líneas de investigación didáctica innovadoras que se estén llevando a cabo con respecto al currículo, y proponen planes de mejora al equipo directivo y al Claustro de Profesorado.
e. Equipo técnico de coordinación pedagógica. Lo componen el director, el jefe de estudios, el jefe del área de competencias, el jefe del departamento de orientación y el jefe del departamento de formación. Se encargan de elaborar directrices para la elaboración y revisión de las programaciones, asesoran a los departamentos sobre procesos de aprendizaje y de evaluación, sobre líneas innovadoras, hacen las propuestas de líneas de atención a la diversidad y realizan su seguimiento, y establecen criterios para el funcionamiento del aula de convivencia.
f. Tutores. Cada grupo de alumnos tiene un tutor nombrado por la dirección. Coordina los procesos de enseñanza-aprendizaje de las diferentes materias, organiza y preside el equipo docente del grupo y sesión de evaluación, informa y atiende a las familias, gestiona la documentación personal y académica, así como el programa de libros de texto, propicia la integración y participación del grupo de alumnos en el centro…
g. Departamentos de coordinación didáctica y de actividades complementarias y extraescolares. Elabora aspectos docentes del proyecto educativo, elabora las programaciones didácticas, su seguimiento, incluye medidas para la lectura, escritura y expresión oral, atiende a la diversidad, resuelve las reclamaciones sobre evaluaciones y evalúa los resultados de enseñanza y aprendizaje y de práctica docente.
4. Otros órganos:
a. Internos: APAs (Asociación de Padres de Alumnos), comisiones, etc.
b. Externos: EOEs (Equipos de Orientación Escolar), Inspección de educación, etc.
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Reflexión personal sobre la ley actual: una paradoja respecto al pensamiento crítico
Son varios los apartados de la LOMLOE que insisten en la difusión del pensamiento crítico entre los alumnos de los centros de secundaria. Así, por ejemplo, observamos:
· CAPÍTULO I, artículo 1, apartado l). El desarrollo de la igualdad de derechos, deberes y oportunidades, el respeto a la diversidad afectivo-sexual y familiar, el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres a través de la consideración del régimen de la coeducación de niños y niñas, la educación afectivo-sexual, adaptada al nivel madurativo, y la prevención de la violencia de género, así como el fomento del espíritu crítico y la ciudadanía activa.
· CAPÍTULO III, artículo 23, apartado e). Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades.
· CAPÍTULO III, artículo 24, apartado 5. Sin perjuicio de su tratamiento específico, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, la competencia digital, el emprendimiento social y empresarial, el fomento del espíritu crítico y científico, la educación emocional y en valores y la creatividad se trabajarán en todas las materias.
· CAPÍTULO IV, artículo 33, apartado b). Consolidar una madurez personal, afectivo-sexual y social que les permita actuar de forma respetuosa, responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever, detectar y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales, así como las posibles situaciones de violencia.
Estos son algunos de los puntos en los cuales podemos observar la insistencia de la nueva ley de educación en la transmisión del pensamiento crítico. Sin embargo, la problemática que planteo es la siguiente: ¿es posible difundir un sentido crítico de pensamiento entre los alumnos a la misma vez que se les enmarca dentro de un sistema de valores que no permite alejarse de éstos? Es decir, ¿es realmente crítico el pensamiento que nace de unas bases que han sido impuestas desde el convencimiento de que son las mejores? Ilustraré la cuestión con un ejemplo:
Actualmente, vivimos el auge de las tecnologías. Tanto es así que nuestra vida se ha visto completamente trastocada por la aparición de nuevos aparatos de los que hace apenas unas décadas no teníamos conocimiento alguno salvo, quizá, por películas de ciencia ficción. Todos somos capaces de reconocer las ventajas que nos brindan estos aparatos (móviles, internet, ordenadores, etc.). Su utilidad y popularidad son tales que en los centros educativos se exige la enseñanza de su uso, tal y como vemos en la ya citada LOMLOE:
· CAPÍTULO I, artículo 2, apartado l). La capacitación para garantizar la plena inserción del alumnado en la sociedad digital y el aprendizaje de un uso seguro de los medios digitales y respetuoso con la dignidad humana, los valores constitucionales, los derechos fundamentales y, particularmente, con el respeto y la garantía de la intimidad individual y colectiva.
De esta manera, la LOMLOE pretende promover tanto el pensamiento crítico como el uso de las TICs y la inserción del alumnado en la sociedad digital. Ahora bien, cuando los docentes animan a los alumnos a usar las nuevas tecnologías, ¿les explican que al hacer uso de los servicios de una página de internet dejan un rastro de datos personales con los cuales dicha página comercializa (nombre, ubicación, dirección de correo electrónico, intereses y pasatiempos, etc.)? ¿hablan a sus alumnos del impacto medioambiental que causa la extracción de las materias primas que componen sus aparatos electrónicos? ¿les invitan a reflexionar sobre la escasa o nula libertad de la que actualmente disponen los individuos para decidir no tener este tipo de aparatos? Éstas son solo algunas de las preguntas que podríamos plantearnos si quisiéramos analizar con una perspectiva crítica el uso de las nuevas tecnologías y que, sin embargo, no se exponen en los centros educativos, sino que los alumnos son instados directamente a su uso.
Esta es la paradoja a la que hago referencia en el título de este post: la LOMLOE defiende el pensamiento crítico, pero confía en el funcionamiento de ciertas estructuras socio-económicas y en la difusión de un sistema de valores cuyas puestas en cuestión no están previstas en ningún momento de la etapa educativa de los estudiantes.
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Dicen que hemos cambiado
Desde el inicio de la democracia en España, tras el final de la época franquista, podemos detectar principalmente tres momentos de cambio en el sistema educativo de nuestro país. Estos tres momentos consisten en la implantación de tres leyes distintas: la Ley General de Educación (LGE), la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) y la Ley Orgánica de Educación (LOE). Estas leyes se implantaron, respectivamente, en los siguientes años 1970, 1990 y 2006. A continuación, realizaré una breve descripción de las mismas con el fin de averiguar en qué sentido se han dado los cambios que dichas leyes proponen.
En primer lugar, la Ley General de Educación pretendía responder a la nueva realidad sociopolítica surgida una vez finalizada la dictadura franquista. De esta manera, con el fin de dar lugar a una educación más accesible y mitigar el alto índice de fracaso escolar, rompió con la estructura de reválidas e implementó un currículum común, obligatorio y gratuito para todos los niveles de 6 a 14 años. Por otro lado, el proceso de enseñanza se ve reducido a los siguientes pasos:
1. Formular unos objetivos (metas científicamente comprobables).
2. Instrumentalizar unos medios.
3. Desarrollar actividades coherentes con los objetivos.
4. Evaluar los resultados y modificar el proceso en función de las desviaciones detectadas.
En segundo lugar, la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990 insiste en los aspectos de formación de la personalidad y de la socialización cívica y moral del futuro ciudadano, y no tanto en los contenidos orientados a la futura profesionalización de los estudiantes. Se trata de la escuela de la transversalidad, la cual pretende transmitir a los estudiantes el aprendizaje de temas transversales, esto es, de temas que, si bien no forman parte del contenido de las asignaturas, su conocimiento se adquiere de forma transversal en todas las materias (educación moral y cívica, educación para la paz, educación para la igualdad de oportunidades entre sexos, etc.).
Por último, la Ley Orgánica de Educación promulga la escuela de las competencias, es decir, la escuela que persigue el desarrollo de habilidades y destrezas las cuales deben ejercitarse en todas las áreas de trabajo durante toda la etapa educativa del estudiante. Todas las materias, incluso las extra-curriculares, deben estar al servicio de las competencias. Las 8 competencias básicas son: competencia en comunicación lingüística, en matemáticas, en conocimiento e interacción con el mundo físico, en el tratamiento de la información y competencia digital, la competencia social y ciudadana, la cultural y artística, la de aprender a aprender y la competencia de autonomía personal.
Llegados a este punto, podemos comparar la escuela que hemos experimentado como estudiantes y la que supuestamente deberíamos haber vivido según la ley implantada en los años correspondientes. Por mi parte, desde hace no muchas semanas sé que debería haber asistido a la escuela de las competencias y que mis profesores debieron haberse coordinado para que el conjunto de materias diera como resultado en mí y en mis compañeros el desarrollo de distintas habilidades. Sin embargo, considero que todas las destrezas que quizá desarrollé en esos años no fueron el resultado de un plan consciente construido y organizado por mis profesores, ya que, dada la organización de las clases y su sistema de evaluación, la competencia memorística era casi la única a la que debíamos atender. Así pues, si desarrollé otras destrezas fue bien por asistir a actividades extraescolares, bien por propio interés en ciertas prácticas que traían la consecución de algunas habilidades o bien porque la propia experiencia vital nos lo exige.
El sistema que yo he conocido, sin embargo, se asemeja bastante al descrito por la primera ley mencionada (LGE), pues se basaba en ofrecer los materiales que debíamos estudiar para el día del examen y cuyo contenido explicaba el docente en clase. Nos ofrecían los instrumentos necesarios para enfrentarnos a la realización de las distintas actividades y cuyo dominio supuestamente garantizaba que estábamos preparados para cumplir el objetivo de superar el examen. Este proceso, como vemos, no está centrado en el desarrollo de competencias ni en la adquisición de conocimientos transversales.
No nos queda más remedio que concluir que el sistema educativo es una especie de moneda con dos caras que se desarrollan paralelamente, una ajena a la otra, pues mientras se aplican nuevas leyes educativas que pretenden innovar los modelos de enseñanza, los docentes organizan sus clases de acuerdo a lo que ellos mismos conocieron a lo largo de su etapa como estudiantes, es decir, las leyes cambian y los objetivos perseguidos también, pero en la práctica encontramos una escuela que funciona de manera similar a aquella de 1970.
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Disciplina en las aulas
La primera pregunta que se planteó en esta asignatura tenía que ver con el modo en el cual se relacionan alumnos y profesores actualmente. En concreto, se planteó la cuestión de si los alumnos de una asignatura deberían levantarse de sus asientos para recibir al profesor cuando éste entra en el aula.
Independientemente de la intención que hubiese tras el planteamiento de esta cuestión (que tal vez fue únicamente un intento de captar la atención de los alumnos al inicio de la clase y no una invitación a reflexionar sobre el comportamiento de los estudiantes de secundaria y las ideas que posiblemente subyacen a tal comportamiento, ni un intento de llegar conjuntamente a una conclusión al respecto), para mí fue llamativo cómo se respondió mayoritariamente a esta pregunta, llegando algunos incluso a mostrarse indignados ante la idea de que los alumnos tuviesen que levantarse con la llegada del profesor. Llama la atención que cause tanta incomodidad e indignación la mera idea de que, de alguna manera, debamos responder a una jerarquía que, de hecho, existe, y que existe no por imposición, sino por ser real de manera objetiva e independiente, como explico a continuación.
La palabra “autoridad” viene del latín auctoritas, la cual se deriva de auctor, cuya raíz es augere, que significa “hacer crecer” o “hacer progresar”. Así pues, acudiendo a su origen etimológico, “autoridad” es una cualidad creadora de progreso, de ser y de crecimiento, por lo que el profesor tiene autoridad sobre los alumnos para permitirles crecer. Por tanto, vemos que, por definición, profesores y alumnos no se encuentran en el mismo nivel, por lo que cualquier intento de situarles como iguales es ir en contra de su naturaleza. El profesor guía, enseña, posee una experiencia académica, laboral y vital de la cual sus alumnos carecen. Entonces, ¿por qué indignarse al proponer ser consecuentes con el modo en el que las cosas son?
En mi opinión, dicha indignación encuentra su origen en no aceptar la realidad tal y como es, es decir, en no comprender que “jerarquía” no significa “opresión” y que la desigualdad no siempre es injusta, pues tanto la jerarquía como la desigualdad, en muchas ocasiones, son necesarias para el correcto desarrollo de las cosas (para que un padre eduque a un hijo, para que una profesora enseñe a un estudiante, para que el que sabe corrija al que no sabe, etc.).
En conclusión, no pretendo defender que los alumnos deban levantarse cuando vean al profesor entrar en clase (tampoco me opongo), sino argumentar que la jerarquía en la enseñanza es una realidad que, como cualquier otra, no debe ser ignorada, sino con la cual debemos ser consecuentes y ante la cual se debe responder. Los alumnos, en mi opinión, deben aprender a aceptar que las cosas, tanto en los centros educativos como en el mundo en general, son de una determinada manera y, por tanto, hay que ser capaz de actuar en consecuencia. No enseñarles esto significa crear individuos inmaduros que se sentirán amenazados o cuestionados cada vez que sean incapaces de adaptarse a la realidad. Por otro lado, me gustaría añadir que transmitirles esto a nuestros alumnos no es contraproducente con el intento de ser cercanos, pues hacerles conscientes de la realidad no significa ser frío, ni estricto, ni distante.
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