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sombra3216 · 5 years
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Migración Infantil: El fenómeno creciente que el estado mexicano debe atacar en pro del bienestar de favorecer los derechos humanos para estos grupos vulnerables
Bajo estas condiciones tan precarias es en la que muchos menores de edad se ven envueltos alrededor del mundo y que hoy en día va en un creciente aumento, sobre todo a las guerras y a la falta de oportunidades de mejorar su calidad de vida en los países donde son originarios.
Dicha condicionante la podemos ver en nuestro país y es lo que ha dictaminado que un juez federal terminara dictando un amparo indirecto gestionado por una asociación civil, que entre otras cosas dicta que: los menores que ingresan al país en caravanas de inmigrantes deben recibir el estatuto de refugiados y evitar su deportación.
En dicha sentencia emitida por el juez federal, este sobreseyó el juicio sobre siete autoridades porque no tenían las facultades para realizar las conductas exigidas por la parte que interpuso la queja, o bien, porque las habían llevado a cabo y al hacerlo habían logrado los objetivos primordiales plasmados en ellas.
Sin embargo, cabe mencionar que a dos de ellas les ordeno elaborar un plan institucional con características específicas que permitieran conocer el número exacto de menores en situación de migración, sus condiciones, sus necesidades, así como saber los datos de niñas, niños y adolescentes que ingresan al país de manera masiva posteriormente.
A lo cual el propio juez, les solicito además otorgar el reconocimiento “Prima Facie” de la condición de refugiados a los menores de edad que ingresaron al país en las caravanas antes mencionadas. Propuso un parámetro de constitucionalidad especializado en niñas, niños y adolescentes en el contexto de movilidad humana a partir de criterios de jurisprudencia emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con la finalidad de reconocer la obligación estatal de implementar, al menos, dos medidas de protección especial para salvaguardar los derechos de los menores de edad.
La sentencia señala que las niñas, niños y adolescentes gozan de los derechos que obligatoriamente corresponden a todas las personas, aunque los lleguen a ejercer de forma diferenciada conforme a su situación particular; ademas, tienen derechos de protección especial que son necesarios para salvaguardar su integridad personal, compensar su condición de inmadurez e inexperiencia connatural a su menor desarrollo físico y emocional, y remediar la complicada situación de vulnerabilidad en la que se encuentran.
Fuentes: La Jornada, El Universal y El Mañana.
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