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#Armando Moncada
capsource · 1 year
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Uncharted (2022) caps
Available for anyone who wants to use them, no credit needed but super appreciated. All these caps are 3840x1580. Some of the characters have sub folders to divvy up the caps into more manageable downloads, but if there are any issues, please feel free to let me know!
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cristinabcn · 9 months
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NUESTRA AMERICA ONLINE RADIO CONQUISTA AUDIENCIAS en el MUNDO HISPANO con "RADIOTEATRO" Y SE ALZA CON GALARDON DEL AÑO de LOS GRAND AWARDS y ANUNCIA GRAN ESTRENO: "MARIANA PINEDA de Lorca".
NUESTRA AMERICA ONLINE RADIO CONQUERS AUDIENCES in the HISPANIC WORLD with “RADIOTEATRO” AND WINS THE GRAND AWARDS AWARD OF THE YEAR and ANNOUNCES GREAT PREMIERE: “MARIANA PINEDA de Lorca”. Nuestra América Online Radio ganador de la presea GRAND AWARDS categoría Mejor Producto Filantrópico Cultural, Educativo y de Empoderamiento Humano del año: RADIOTEATRO, nos invitan a: “Sumergirnos en un…
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goalhofer · 2 years
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2023 World Baseball Classic Cuba Roster
Pitchers
#21 Naykel Cruz (Piratas De Campeche/Ciudad Matanzas)
#22 Frank Álvarez (Chunichi Ryū/Ciudad Pinar Del Rio)
#29 Yariel Rodríguez (Chunichi Ryū/Camagüey)
#45 Luis Romero (Las Vegas Aviators/Ciudad Guantánamo)
#53 Elián Leyva (Rakuten Hóuzi/Havana)
#55 Roenis Elías (Iowa Cubs/Ciudad Guantánamo)
#57 Ronald Bolaños (Omaha Storm Chasers/Santa Cruz Del Norte)
#58 Yoanni Yera (Olmecas De Tabasco/Ciudad Matanzas)
#82 José Rodríguez (Toros De Camagüey/Havana)
#83 Carlos Viera (Saraperos De Saltillo/Havana)
#89 Liván Moinelo (Fukuoka SoftBank Hōkusu/Ciudad Pinar Del Río)
#91 Yeudis Reyes (Indios De Guantánamo/Ciudad Guantánamo)
#92 Raidel Martínez (Chunichi Ryū/Ciudad Pinar Del Río)
#98 Onelki García (Leones De Yucatán/Ciudad Guantánamo)
Catchers
#2 Ariel Martínez (Hokkaido Nippon-Ham Faitāzu/Ciudad Matanzas)
#16 Lorenzo Quintana (Tigres Del Licey/Ciudad Pinar Del Río)
#17 Andrys Pérez (Cocodrilos De Matanzas/Havana)
Infielders
#5 Yadil Mujica (Cocodrilos De Matanzas/Ciudad Matanzas)
#8 Luis Mateo (Elefantes De Cienfuegos/Ciudad Cienfuegos)
#10 Yoán Moncada (Chicago White Sox/Abreus)
#42 Dayán García (Cazadores De Artemisa/Havana)
#47 Yurisbel Gracial (Fukuoka SoftBank Hōkusu/Ciudad Guantánamo)
#71 Bárbaro Arruebarrena (Cocodrilos De Matanzas/Ciudad Cienfuegos)
#77 Andy Ibáñez (Toledo Mud Hens/Havana)
Outfielders
#1 Roel Santos (Olmecas De Tabasco/Bayamo)
#7 Yoelkis Guilbert (Quebec Capitales/Havana)
#33 Yadir Drake (Leones De Yucatán/Ciudad Matanzas)
#52 Yoenis Céspedes (Águilas Cibaeñas/Campachuela)
#54 Alfredo Despaigne (Fukuoka SoftBank Hōkusu/Palma Soriano)
#88 Luis Robert; Jr. (Chicago White Sox/Ciudad Guantánamo)
Coaches
Manager Armando Johnson (Beisbol Cubano/Isla De La Juventud)
Bench coach Germán Mesa (Beisbol Cubano/Havana)
Hitting coach Orestes Kindelán (Beisbol Cubano/Santiago De Cuba)
Pitching coach José Elósegui (Cocodrilos De Matanzas/Havana)
Assistant pitching coach Pedro Laza (Veguero De Pinar Del Río/Ciudad Pinar Del Río)
1st base coach Armando Ferrer (Cocodrilos De Matanzas/Ciudad Matanzas)
3rd base coach Rafael Munoz (Beisbol Cubano/Havana)
Assistant coach Humberto Guevara (Beisbol Cubano/Havana)
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veerlevdb · 6 years
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Armando Moncada
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MASÓN PERUANO SOLICITA CIERRE DE NOTARIA DEL NOTARIO DELINCUENTE MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA
La
publicación
 de la presente denuncia  se realiza en la “legítima defensa” que tenemos los ciudadanos peruanos como Derecho consagrado en el articulo 2 inciso 23 de nuestra Constitución; para defendernos legalmente ante tanto abuso, vejamen y atropello y ante tanta agresión ilegítima cometida por diversas clase dc corru
ptos, hipocritas y abusivos notarios y abogados que en forma permanente y brutal violan en forma impune y flagrantemente de manera sistemática y constante los más elementalesderechos y principios constitucionales de los ciudadanos peruanos con sus maliciosas, fraudulentas demandas falsas
 PUBLICAMOS LA  SOLICITUD DE CIERRE DE NOTARIA   POR INFRACCIÓN GRAVE Y POR GRAVES ACTOS DE CORRUPCION COMETIDOS POR EL  CORRUPTO NOTARIO PUBLICO Y DELINCUENTE MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA   PARA QUE SIRVA DE MODELO PARA LOS AGRAVIADOS VICTIMAS DE LA CORRUPCION NOTARIAL,  
EXPEDIENTE: N° 33 -2019 –JUS/CN SUMILLA: - SOLICITA CIERRE DE NOTARIA DEL NOTARIO DELINCUENTE MARCO ATONIO CORCUERA GARCIA  PRESENTA INFORME FINAL  
SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO DEL NOTARIADO CALLE SCIPIÓN LLONA 350 - MIRAFLORES, LIMA- 18. MESA DE PARTES DEL CONSEJO DEL NOTARIADO
 Humberto Armando Rodríguez Cerna, identificado con DNI Nº 06506619,  Gerente de la Empresa Hostal David   srl, con correos electrónicos:
y [email protected] y con Domicilio Procesal EN CALLE UGARTECHE 479 DE LA CIUDAD DE SULLANA, en donde en ambas direcciones tanto de los correos electrónicos como en el domicilio procesal físico se me deberá de notificar obligatoriamente las resoluciones que emanen de la  denuncia interpuesta contra el NOTARIO DELINCUENTE  MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA EN AGRAVIO DEL DENUNCIANTE, EN AGRAVIO DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL Y LEO SA Y EN AGRAVIO DE LOS CIUDADANOS ÓSCAR PORTILLA CASTILLO, LUIS MÉNDEZ MORENO, WALTER NÚÑEZ LLANOS Y JULIO PÉREZ PÉREZ,  a Usted muy respetuosamente digo:
I.- PRESENTA INFORME FINAL Y  HACE VER QUE CORREN EN AUTOS COPIAS DE CARTAS NOTARIALES QUE ACREDITAN LAS FALTAS MUY GRAVES COMETIDAS POR EL NOTARIO DENUNCIADO 1.1.- Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 2º inciso 20  de la Constitución Política  del Estado peruano, que al haber sido informado por el Dr. Félix Román Moncada que el Consejo de Notariado tiene tres meses para pronunciarse sobre nuestra apelación  y al no haber sido notificado la parte agraviada con ninguna resolución final de la presente apelación es que recurro  a su  despacho PARA PRESENTAR EL PRESENTE INFORME FINAL y para hacer ver que se ha hecho llegar y corren en autos,  copias de las cartas notariales del denunciante dirigidas al notario denunciado Marco Antonio Corcuera García,  solicitándole que se oponga  a la inscripción del título  TITULO 01346794 -2018  y que transcribimos textualmente una de ellas
                                                                                             CARTA NOTARIAL
ASUNTO: -SOLICITA UN JUEGO DE TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA RELACIONADA CON EL
         FRAUDUILENTO TITULO 01346794 -2018 PRESENTADO EN LA SUNARP
                                     - SOLICTA PEDIR A LA SUNARP OPOSICION O DESISTIMIENTO DE INSCRIPCION DE FRAUDULEN TITULO
                                 - SOLICITA DERIVAR COPIAS CERTIFICADAS DE ACTUADOS AL MINISTERIO PUBLICO PARA SUS
                                         ATRIBUCIONES LEGALES
SR. NOTARIO PÚBLICO DELINCUENTE 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
Dirección de Oficina notarial ubicada en Esquina entre Calle Orbegoso y Calle San Martin – Trujillo
1.- Por medio de la presente carta que le será entregada en forma notarial, me dirijo a Usted para hacerle ver que
el miércoles día 13 de Junio del 2018 a las 16 y 53 P.M. por medio del Mecanismo de Alerta Registral se ha recibido
el siguiente mensaje:
---------- Mensaje reenviado ----------
De: SUNARP
Fecha: 13 de Junio de 2018, 16:53
Asunto: Notificación de Alerta Registral
La Partida Registral No 03137424 está siendo objeto de calificación por el Título No. 2018-01346794 presentado en
la sede: TRUJILLO. Para mayor información consulte el mismo a través del sitio
web: https://enlinea.sunarp.gob.pe/sunarpweb/pages/acceso/frmTitulos.faces
2.- Y siendo que al abrir el Link que se indica que pertenece a la SUNARP, se puede visualizar que el denunciante ha sido alertado vía correo electrónico que se pretende inscribir dolosa, delincuencial y fraudulentamente en los Registros Públicos de la ciudad de Sullana, el Título No. 2018-01346794 de una supuesta MODIFICACION DE ESTATUTOS presentada por vuestra persona quien ya anteriormente pretendió infructuosamente retirar al sr Humberto Rodríguez de la gerencia de Hostal David srl por medio de la corrupción judicial para tratar de dejarlo sin el pago de sus beneficios sociales y ahora ha presentado una fraudulenta escritura pública en la que supuestamente se modifica los Estatutos de la empresa Hostal David srl y el cual transcribimos textualmente: SERVICIOS >> Consulta de Estado de Títulos >> Detalle del Título
Número Título: 01346794 Año: 2018 Oficina: TRUJILLO
Tipo Registro REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS
Actos Registrales - MODIFICACION DE ESTATUTO
Resultado de la Calificación EN CALIFICACION
Mensaje Su Titulo esta en Proceso de Calificacion
Fecha Hora de Presentación 13/06/2018 16:07:54
Vencimiento 03/08/2018
Fecha Máxima de Reingreso
y/o Pago de Mayor Derecho 26/07/2018
Presentante
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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CORCUERA GARCIA MARCO ANTONIO DELINCUENTE
Documento : DNI. 17848372
Participantes
Tipo NOMBRES/RAZON SOCIAL
1 - PJ HOSTAL DAVID SRL
Partidas Bloqueadas
Partidas Oficina
03137424 TRUJILLO
Fecha de Impresión 14/06/2018 10:45:25
3.- Siendo que ponemos en vuestro conocimiento que para este nuevo fraudulento Titulo se está utilizando nuevamente documentación notarial fraudulenta, haciendo hincapié que el denunciante en su calidad de Gerente de las empresas Hostal David srl no ha recibido ningún documento ni nunca ha recibido ninguna carta notarial solicitando convocatoria a Junta ni ha firmado ni ha tramitado ningún documento ante la SUNARP de la ciudad de Trujillo ni tampoco ha publicado ninguna convocatoria a junta de socios pues no se le deja ingresar a la empresa que representa y por lo cual la publicación hecha por el socio Abelardo Cerna Pérez en el diario La República según copia de la publicación del Diario La República que estamos adjuntando, como supuesto Gerente de la empresa Hostal David SRL es totalmente FRAUDULENTA Y NULA DE PLENO DERECHO porque el verdadero gerente de la empresa hostal David srl es el denunciante, el Q.F. Humberto Armando Rodríguez Cerna y no el Sr Abelardo Cerna Pérez según la copia del certificado de la vigencia de poder de gerente que estamos adjuntando Y SEGÚN LO ACREDITAMOS ADEMAS CON LAS COPIAS DE LAS CONSTATACIONES POLICIALES QUE ESTAMOS ADJUNTANDO QUE ACREDITA QUE NUNCA SE REALIZO DICHA JUNTA DE SOCIOS DE FECHA 3 DE ABRIL DEL 2018 AL HABER SIDO FRUSTRADA y por lo cual la documentación que usted ha presentado en la Sunarp de Trujillo en el mencionado título fraudulento No. 2018-01346794 sobre una supuesta MODIFICACION DE ESTATUTOS DE SOCIEDAD ANONIMA de la empresa Hostal David srl ES TOTALMENTE FRAUDULENTA, DOLOSA Y DELICTIVA que se están haciendo a espaldas del gerente de las empresa Hostal David srl Y POR LO CUAL SOLICITAMOS QUE AL TERMINO DE LA DISTANCIA PIDA A LA SUNARP LA OPOSICION A LA INSCRIPCION DE DICHO FRAUDULENTO TITULO, CASO CONTRARIO ESTAREMOS PRESENTADO LA DENUNCIA PENAL CORRESPONDIIENTE
4.-ASIMISMO SOLICITAMOS QUE SE NOS BRINDE EL MONTO A PAGAR POR UN JUEGO DE TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PUBLICA QUE HA PRESENTADO ANTE LA SUNARP CON EL TITULO NUMERO NO. 2018-01346794 Y POR LO CUAL SE PASARA A CANCELAR LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES AUTORIZANDO AL DR LIZARDO REUES BARRUTIA O AL SR ABRAHAM PINEDO SEDAMANO PARA QUE LO RECIBAN EN MI REPRESENTACION POR RADICAR EL SUSCRITO FUERA DE LA CIUDAD DE TRUJILLO Y SOLICITAMOS ADEMÁS DERIVAR COPIAS CERTIFICADAS DE LO PRESENTADO EN EL TITULO NO. 01346794 -2018 AL MINISTERIO PUBLICO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES PUES SE HA COMETIDO GRAVES DELITOS DE FALSEDAD GENERICA Y FALSEDAD IDEOLOGICA EN PERJUICIO DEL ACTUAL GERENTE DELA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL Y EN AGRAVIO DEL ESTADO. CASO CONTRARIO DE NO DERIVAR COPIAS CERTIFICADAS ESTAREMOS INTERPONIENDO UNA DENUNCIA PENAL POR OMISION DE DENUNCIA Y HACEMOS VER QUE SE HA PUESTO EN CONOCIMIENTO DEL MINISTRO DE JUSTICIA EL ACCIONAR DOLOSO DE VUESTRA OFICINA NOTARIAL Y ESTAMOS DANDO A CONOCER A LOS MAS IMPORTANTES DIARIOS DEL PERU Y DEL MUNDO CON COPIA A LAS PRINCIPALES NOTARIAS PUBLICA DEL PERU Y DEL MUNDO EL ACCIONAR DOLOSO CON QUE SE ACTUA EN SU NOTARIA PUBLICA COMO LO HA HECHO TAMBIEN EN AGRAVIO DE LOS SRES ÓSCAR PORTILLA CASTILLO, LUIS MÉNDEZ MORENO, WALTER NÚÑEZ LLANOS Y JULIO PÉREZ PÉREZ SEGÚN COPIA DEL DAIRIO LA REPUBLICA QUE ESTAMOS ADJUNTANDO
ANEXOS
1.- Copia de DNI y copia del Certificado de Vigencia de Poder del Gerente de la empresa Hostal David srl
2.- Copias de publicación periodística de la Republica en donde se visualiza que quien hace la
convocatoria a socios es el socio Abelardo Cerna Pérez quien verdaderamente no es el gerente de la
empresa hostal David y por lo cual se ha incurrido en delitos de Falsedad ideológica, Falsedad Genérica,
Asociación ilícita para delinquir en agravio del gerente de la empresa Hostal DAVID SRl y en agravio de la
Sunarp
3.- Copia de 2 constataciones policiales que acreditan que nunca se realizó la junta de socios el día 3 de
abril del 2018
4.- Copia de la publicación del diario la Republica donde se denuncia graves acta de corrupción contra su
persona
2.- Y con lo que acreditamos en forma contundente que el notario denunciado si recibió dichas cartas notariales donde el agraviado  se opuso a la inscripción del título Nº
01346794 -2018 pero
 hizo caso omiso a sus cartas notariales, Y CON ESOS MEDIOS PROBATORIOS  ACREDITAMOS QUE EN FORMA CONTUNDENTE SE HA CONTRAVENIDO EL ARTÍCULO 57 DEL LEY 29560 que es la  Ley que amplía la Ley Nº 26662, Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, y la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades y que prescribe dicho Artículo 57.- “Remisión de los actuados al Poder Judicial.- En caso de tramitarse la convocatoria y presentarse la oposición de uno o más socios titulares de participaciones y acciones con derecho a voto o de la misma sociedad, el notario tiene la obligación de remitir lo actuado al juez competente.” Y por lo cual al haberse mi persona  opuesto a la convocatoria en forma notarial, el denunciado notario Marco Antonio Corcuera García  estaba en la obligación de derivar todo lo actuado al poder judicial y más específicamente estaba obligado derivar todo lo actuado al juez competente y no lo hizo y por lo que ha incurrido en falta muy grave pues con la fraudulenta  escritura pública del notario denunciado se  pretendió  en forma ilegal retirarlo de la gerencia de la empresa Hostal david  srl con una  fraudulenta convocatoria notarial de socios de la empresa de hostal David srl sin haber recibido nunca una carta notarial convocando a junta de socios para tratar de hacer el cambio del gerente y hacer la transferencia de los inmuebles para dejarle sin el pago de sus beneficios sociales  y con  lo cual se ha logrado acreditar las graves faltas cometidas 
 1.2.- EL NOTARIO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA  ADEMAS HA CONTRAVENIDO LOS SIGUIENTES ARTICULOS CODIGO DE ETICA DEL NOTARIO -DECRETO SUPREMO N° 015-1985-JUS 1.2.1.-El notario denunciado ha contravenido  el Artículo 2.- El Notario, en su condición de profesional del Derecho encargado de dar fe pública en los actos y contratos en que interviene por mandato de la Ley, debe orientar su acción fundamentalmente de acuerdo con los siguientes principios: Veracidad; Honorabilidad; Objetividad; Imparcialidad; Diligencia; y, respeto a la Dignidad y derechos de las personas, a la Constitución y a las Leyes. Estos principios deben orientar asimismo la vida personal del Notario. 1.2.2.- El notario denunciado ha contravenido  el Artículo 6.- Son derechos del Notario: Negarse a intervenir: 1.- En los actos y contratos contrarios a la ley, a la moral o a las buenas costumbres; 3.- Cuando hay discrepancia respecto de la calificación jurídica del acto o contrato; 1.2.3.- El notario denunciado ha contravenido  el Artículo 7.- Afectan la ética del Notario: c.- El incumplimiento de las disposiciones emanadas del Colegio;
1.3.- EL NOTARIO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA  HA CONTRAVENIDO LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS DEL   DECRETO LEGISLATIVO DEL NOTARIADO -  DECRETO LEGISLATIVO Nº 1049 1.3.1.- El notario denunciado ha contravenido el Artículo 10.- Requisitos para ser notario d) Conducirse y orientar su conducta personal y profesional hacia los principios y deberes éticos de respeto, probidad, veracidad, transparencia, honestidad, responsabilidad, autenticidad, respeto a las personas y al ordenamiento jurídico. Por lo que el agraviado ha solicitado además de que se declare nulo todo lo actuado por haberse contradicho derechos constitucionales al debido proceso, al derecho de petición, al derecho de defensa del agraviado también ha solicitado  aplicar el Artículo 21.- Motivos de Cese El notario cesa por: i) Perder alguna de las calidades señaladas en el artículo 10 de la presente ley, declarada por la Junta Directiva del colegio respectivo, dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes de conocida la causal. Y Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el Artículo 22.- Medida Cautelar Ante indicios razonables que hagan prever el cese del notario por pérdida de calidades señaladas para el ejercicio del cargo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 10 de la presente ley y en tanto se lleva adelante el procedimiento señalado en el artículo 21 inciso i) precedente, el Consejo del Notariado mediante decisión motivada podrá imponer la medida cautelar de suspensión del notario. Procede recurso de reconsideración contra dicha resolución, el mismo no suspende la ejecución de la medida cautelar 1.3.2- El notario delincuente y corrupto 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE Y CORRUPTO  ha contravenido  el Artículo 82  que prescribe de la  Responsabilidad en la Expedición de Instrumentos Públicos,  El notario expedirá, bajo responsabilidad, testimonio, boleta y partes, a quien lo solicite, de los instrumentos públicos notariales que hubiera autorizado en el ejercicio de su función. Asimismo, expedirá copias certificadas de las minutas que se encuentren en su archivo notarial. Los traslados notariales a que se refiere este artículo podrán efectuarse en formato digital o medios físicos que contengan la información del documento matriz de manera encriptado y segura y que hagan factible su verificación a través de los mecanismos tecnológicos disponibles. PUES A PESAR DE QUE EL AGRAVIADO LE SOLICITO NOTARIALMENTE QUE LE ENTREGUE COPIAS DE LO ACTUADO EN SU NOTARIA, EL NOTARIO DENUNCIADO HIZO CASO OMISO A LAS SOLICITUDES ENVIADAS NOTARIALMENTE  1.3.3.- El notario denunciado 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE, COBARDE  Y CORRUPTO ha contravenido  el Artículo 87.- Obligación de Expedir Traslados Si es solicitado el traslado de un instrumento público notarial y el notario niega su existencia en el registro, el interesado podrá recurrir al Colegio de Notarios respectivo, para que éste ordene el examen del índice y registro y comprobada su existencia, ordene la expedición del traslado correspondiente. PUES A PESAR DE QUE EL AGRAVIADO LE SOLICITO NOTARIALMENTE QUE LE ENTREGUE COPIAS DE LO ACTUADO EN SU NOTARIA, EL NOTARIO DENUNCIADO HIZO CASO OMISO A LAS SOLICITUDES  1.3.4.- El notario denunciado 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE, COBARDE  Y CORRUPTO ha contravenido el Artículo 144.-  El notario tiene responsabilidad administrativa disciplinaria por el incumplimiento de esta ley, normas conexas y reglamentarias, estatuto y decisiones dictadas por el Consejo del Notariado y colegio de notarios respectivo. 1.3.5.- El notario denunciado 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE, COBARDE  Y CORRUPTO  ha contravenido el Artículo 145 que prescribe sobre las responsabilidades, El notario es responsable, civil y penalmente, de los daños y perjuicios que, por dolo o culpa, ocasione a las partes o terceros en el ejercicio de la función. El agraviado en su denuncia primigenia ha solicitado aplicar de oficio, el Artículo 149-A que prescribe sobre   Infracciones Disciplinarias Muy Graves y que son: d) Efectuar declaraciones y juicios, en la extensión de los instrumentos notariales, cuando le conste la falsedad de los actos, hechos o circunstancias materia de dichos instrumentos. m) Incumplir dolosamente y causando perjuicio a tercero, cualquier deber propio de la función notarial, ya sea de origen legal, reglamentario o estatutario. n) La responsabilidad funcional a que se refiere el literal d) del artículo 55 de la presente Ley. r) Incumplir dolosamente cualquier deber propio de la función notarial, ya sea de origen legal, reglamentario o estatutario; causando perjuicios a terceros. s) Las demás infracciones aprobadas mediante el reglamento del Decreto Legislativo Nº 1049”.(*) Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el  Artículo 150.- Tipos de Sanciones Las sanciones que pueden aplicarse en el procedimiento disciplinario son: c) En caso de infracciones disciplinarias muy graves: la destitución y una multa mayor de 10 UIT y hasta 20 UIT. 1.3.6.- Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el  Artículo 153.- Medida Cautelar  Mediante decisión motivada, de oficio o a solicitud del colegio respectivo o del Consejo del Notariado, el Tribunal de Honor de los colegios de notarios al inicio del procedimiento disciplinario podrá disponer como medida cautelar la suspensión del notario procesado en caso de existir indicios razonables de la comisión de infracción administrativa disciplinaria y dada la gravedad de la conducta irregular, se prevea la imposición de la sanción de destitución. Dicha decisión será comunicada a la junta directiva del colegio respectivo, a fin que proceda al cierre de los registros y la designación del notario que se encargue del oficio en tanto dure la suspensión. En ningún caso la medida cautelar podrá exceder el plazo máximo fijado por la presente ley para el desarrollo del procedimiento disciplinario, bajo responsabilidad de la autoridad competente. El recurso de apelación no suspende la medida cautelar.
1.4.- EL NOTARIO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE, COBARDE  Y CORRUPTO AL HABER  CONTRAVENIDO LA NORMATIVIDAD LEGAL NOTARIAL EL AGRAVIADO HA SOLICITADO EN SU DENUNCIA PRIMIGENIA  APLICAR VARIOS ARTICULOS DEL  TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1049, DECRETO LEGISLATIVO DEL NOTARIADO DE LA VIGILANCIA DEL NOTARIADO 1.4.1.-Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el Articulo 76';- Infracciones disciplinarias. Muy graves  Son. Infracciones disciplinarias muy 'graves' las siguientes: 2. Efectuar declaraciones y juicios, en la extensión de: las instrumentas notariales, cuando le conste la falsedad de las actos, hechos a circunstancias materia de dichas instrumentas'. 12. Incumplir dolosamente y causando perjuicio, a tercer, en el deber propio. de la función, notarial ya sea de origen legal, reglamentario a estatutario 1.4.2.-Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el Articulo 77'.- 4. La. destitución es el cese definitivo en el ejercicio de la función notarial. 1.4.3.- Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el Articulo 78'.- De la medida cautelar prevista en el artículo 153' del Decreta Legislativo 1. La medida cautelar a que.se refiere el artículo 153' del Decreta Legislativa, es una institución jurídica del derecho administrativo y en tal sentido constituye:. una decisión administrativa de carácter provisional, excepcional e instrumental cuya objeto es asegurar la eficacia de la resolución final del' procedimiento disciplinario notarial que  se inicie por conducta infractora que dada su gravedad, hagan prever la imposición. de sanción de destitución'; Se justifica en el interés. general constituido por la. confianza ciudadana en la fe pública que otorga el notario. 3. La motivación de la medida cautelar a que se refiere el articula 153 del Decreto Legislativa, exige el análisis lógico jurídica respecta a la adecuación de la medida, a la finalidad de. asegurar la eficacia de la resolución' final, la, justificación del' riesgo'. para esa eficacia por el transcurso' del tiempo; detallando' las razones de. su urgencia y el motivo par el cual no' es posible esperar la conclusión' del procedimiento administrativa disciplinario, asi com0 el juicio' de razonabilidad' en relación a la gravedad del perjuicio' para el bien jurídico tutelada,
1.5.- TAMBIEN EL NOTARIO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE, COBARDE  Y CORRUPTO  HA CONTRAVENIDO LOS SIGUIENTES ARTICULOS de la Ley del Notariado -DECRETO LEY Nº 26002 1.5.1.- El notario denunciado ha contravenido el Artículo 10.- Para postular al cargo de notario se requiere: d) Tener conducta moral intachable; 1.5.2.- El notario denunciado ha contravenido el Artículo 19.- Son derechos del notario: c) Negarse a autorizar instrumentos públicos contrarios a la ley, a la moral o a las buenas costumbres
1.6.- Por lo que el agraviado está  solicitando al Consejo del Notariado  o bien  la nulidad de todo lo actuado en base a los  Artículos 10 y   11  de la   Ley del Procedimiento Administrativo General LEY Nº 27444 Artículo 10.- Causales de nulidad Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes: 1. La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias. Artículo 11.- Instancia competente para declarar la nulidad 11.1 Los administrados plantean la nulidad de los actos administrativos que les conciernan por medio de los recursos administrativos previstos en el Título III Capítulo II de la presente Ley. 11.2 La nulidad será conocida y declarada por la autoridad superior de quien dictó el acto.. 11.3 La resolución que declara la nulidad, además dispondrá lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad del emisor del acto inválido.
1.7.- El agraviado ha  solicitado la nulidad de actuados en base a que se ha contravenido el Artículo IV del titulo preliminar de la ley  27444 Principios del procedimiento administrativo1. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en los siguientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del Derecho Administrativo: 1.7.1.- Se ha contravenido el 1.1. Principio de legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas. 1.7.2.- También Se ha contravenido el inciso  1.2. del articulo IV del titulo preliminar  Principio del debido procedimiento administrativo.- Los administrados gozan de todos los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento administrativo, que comprende el derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en derecho. La institución del debido procedimiento administrativo se rige por los principios del Derecho Administrativo. La regulación propia del Derecho Procesal Civil es aplicable sólo en cuanto sea compatible con el régimen administrativo. 1.7.3.- Además Se ha contravenido  el inciso 1.5 del artículo IV DE LA LEY 27444 que prescribe sobre el  Principio de imparcialidad 1.5 .- Las autoridades administrativas actúan sin ninguna clase de discriminación entre los administrados, otorgándoles tratamiento y tutela igualitarios frente al procedimiento, resolviendo conforme al ordenamiento jurídico y con atención al interés general.. 1.7.4.- ADEMAS Se ha contravenido  el   Principio de verdad material.- INCISO 1.11 del articulo IV de la ley 27444  En el procedimiento, la autoridad administrativa competente deberá verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley, 1.7.5.- Se ha contravenido  el  inciso 1.112 del artículo IV de a ley 27444 Principio  de participación.-1.12.- Las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que administren, sin expresión de causa pues no le ha notificado la resolución de inicio de la investigación preliminar  y se niegan entregarle copias de los descargos del notario denunciado y se niegan  a entregarle copias de actuados
1.7.6.- Además se ha contravenido  al artículo 18 del la LEY Nº 27444 que prescribe la Obligación de notificar las  resoluciones pues no se le ha notificado la resolución de inicio de investigación preliminar, contraviniéndose el punto 8.1 que prescribe, La notificación del acto será practicada de oficio y su debido diligenciamiento será competencia de la entidad que lo dictó. Pero es el caso que nunca le han notificado la resolución de inicio de investigación preliminar ni se le quiere entregar copias de los descargos del notario denunciado ni copias de actuados Y POR LO CUAL ELL AGRAVIADO  ESTA  SOLICITANDO LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO Y SOLICITA  QUE SE REPONGA EL PROCESO ADMINISTRATIVO AL ESTADO INMEDIATO ANTERIOR A LA OCURRENCIA DE LOS   VICIOS MENCIONADOS  EN LA MEDIDA QUE SE HA GENERADO  LA AFECTACIÓN A  GARANTÍAS CONSTITUCIONALES DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 2 inciso 20 y articulo 139 INCISOS 3  Y 14   DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO  y por haber   afectado gravemente   los siguientes  derechos constitucionales:  a) El derecho de petición, el Derecho al DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO y  el derecho a la defensa de la parte agraviada b) El derecho a la debida motivación de las resoluciones administrativas   respetando el principio de congruencia y se  ha contravenido El principio de interdicción de la arbitrariedad pues se declara de oficio la prescripción de la acción disciplinaria en lo referente a la empresa leo SA sin haber solicitado al ministerio público de Trujillo las copias del expediente fiscal 1829 -2013 con el que se iba a demostrar que no había prescrito c) El principio de  no ser  sometido a procedimiento distinto de los previamente establecidos por la ley  y se ha contravenido el Art. 103, "… La Constitución no ampara el abuso del derecho".
1.8.- POR LO QUE EL DENUNCIANTE ESTA SOLICITANDO  DOS COSAS EN LA PRESENTE APELACION O BIEN LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO Y  QUE SE ORDENE QUE SE DECLARE NULO TODO LO ACTUADO Y PARA QUE SE ORDENE EL INICIO DE LA INVESTIGACION PRELIMINAR CONTRA EL NOTARIO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA  Y PARA QUE SE ORDENE QUE SE RESPETE EL DERECHO DEL DEBIDO PROCESO Y LOS PLAZOS  PUES  SE HA CONTRAVENIDO DERECHOS CONSTITUCIONALES AL DEBIDO PROCESO, AL DERECHO DE PETICIÓN Y AL DERECHO  A LA DEFENSA DEL AGRAVIADO  PUES ES EL CASO SR PRESIDENTE QUE NUNCA LE FUE NOTIFICADO AL DENUNCIANTE LA  RESOLUCIÓN DE INICIO DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR DEL MENCIONADO EXPEDIENTE COMO PARA PODER PRESENTAR SUS MEDIOS PROBATORIOS QUE TENÍA EN SU PODER Y NUNCA LE ENTREGARON COPIAS DE LOS  DESCARGOS DEL NOTARIO DENUNCIADO SOLICITADAS     Y  RECIÉN FUE NOTIFICADO  CON  LA RESOLUCION DEL TRIBUNAL DE HONOR DEL COLEGIO DE NOTARIOS DE LALIBERTAD  EN LA QUE SE RESOLVÍA, DECLARAR QUE NO HAY LUGAR A APERTURAR PROCESO DISCIPLINARIO CONTRA EL NOTARIO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE  POR MOTIVO DE LA DENUNCIA INTERPUESTA POR DON HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNA Y POR LO CUAL SE HA INTERPUESTO LA APELACION INCOADA DONDE SE HA SOLICITADO UNA VEZ ANULADO LA RESOLUCION DE ARCHIVO DE LA PRESENTE DENUNCIA  ORDENE QUE SE DISPONGA LA INVESTIGACION CONTRA EL NOTARIO DENUNCIADO   
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE   INCURRIDAS EN AGRAVIO  DEL DENUNCIANTE, EN AGRAVIO DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL Y LEO SA Y EN AGRAVIO DE LOS CIUDADANOS ÓSCAR PORTILLA CASTILLO, LUIS MÉNDEZ MORENO, WALTER NÚÑEZ LLANOS Y JULIO PÉREZ PÉREZ. O EN SEGUNDO CASO QUE CON LOS MEDIOS PROBATORIOS QUE CORREN EN AUTOS EL DENUNCIANTE ESTA SOLICITANDO ANTE EL CONSEJO DEL NOTARIADO QUE DE OFICIO  SE LE SANCIONE DRASTICAMENTE CON LA  DESTITUCION DEL MENCIONADO NOTARIO PUBLICO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA  Y SE DISPONGA EL CIERRE DE SU NOTARIA PUBLICA PUES LOS HECHOS SON GRAVISIMOS Y HA QUEDADO ACREDITADO QUE EL DENUNCIANTE SI SOLICITO AL DENUNCIADO NOTARIO QUE SE OPONGA A LA INSCRIPCION DEL ILEGAL TITULO 01346794 -2018  Y NUNCA DERIVO TODO LO ACTUADO AL JUEZ COMPETENTE PERO  HIZO CASO OMISO A  SU SOLICITUD DEL DENUNCIANTE HABIENDOSE CONTRAVENIDO EL ARTÍCULO 57 DEL LEY 29560
FUNDAMENTOS JURIDICOS CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO.     Art. 2º Inciso 20: "Toda persona tiene derecho a formular peticiones ante la autoridad competente, la que está obligada a pronunciarse dentro del plazo de Ley, por escrito y bajo responsabilidad  
POR O EXPUESTO ,  SR PRESIDENTE, SOLICITO TENER POR PRESENTADO ESTE ESCRITO Y PROVEER DE ACUERDO A LEY                                                                                                                                                                                   ..........................................................................                                                        Q.F. HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNAI                                                                                   DNI  Nº 06506619                                                          GERENTE DE HOSTAL DAVID SRL
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MASÓN PERUANO SOLICITA CIERRE DE NOTARIA DEL NOTARIO DELINCUENTE MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA
La publicación de la presente denuncia  se realiza en la “legítima defensa” que tenemos los ciudadanos peruanos como Derecho consagrado en el articulo 2 inciso 23 de nuestra Constitución; para defendernos legalmente ante tanto abuso, vejamen y atropello y ante tanta agresión ilegítima cometida por diversas clase dc corruptos, hipocritas y abusivos notarios y abogados que en forma permanente y brutal violan en forma impune y flagrantemente de manera sistemática y constante los más elementalesderechos y principios constitucionales de los ciudadanos peruanos con sus maliciosas, fraudulentas demandas falsas
 PUBLICAMOS LA  SOLICITUD DE CIERRE DE NOTARIA   POR INFRACCIÓN GRAVE Y POR GRAVES ACTOS DE CORRUPCION COMETIDOS POR EL  CORRUPTO NOTARIO PUBLICO Y DELINCUENTE MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA   PARA QUE SIRVA DE MODELO PARA LOS AGRAVIADOS VICTIMAS DE LA CORRUPCION NOTARIAL,  
EXPEDIENTE: N° 33 -2019 –JUS/CN
SUMILLA: - SOLICITA CIERRE DE NOTARIA DEL NOTARIO DELINCUENTE MARCO ATONIO CORCUERA GARCIA 
PRESENTA INFORME FINAL  
SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO DEL NOTARIADO
CALLE SCIPIÓN LLONA 350 - MIRAFLORES, LIMA- 18.
MESA DE PARTES DEL CONSEJO DEL NOTARIADO
 Humberto Armando Rodríguez Cerna, identificado con DNI Nº 06506619,  Gerente de la Empresa Hostal David   srl, con correos electrónicos: [email protected] y [email protected] y con Domicilio Procesal EN CALLE UGARTECHE 479 DE LA CIUDAD DE SULLANA, en donde en ambas direcciones tanto de los correos electrónicos como en el domicilio procesal físico se me deberá de notificar obligatoriamente las resoluciones que emanen de la  denuncia interpuesta contra el NOTARIO DELINCUENTE  MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA EN AGRAVIO DEL DENUNCIANTE, EN AGRAVIO DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL Y LEO SA Y EN AGRAVIO DE LOS CIUDADANOS ÓSCAR PORTILLA CASTILLO, LUIS MÉNDEZ MORENO, WALTER NÚÑEZ LLANOS Y JULIO PÉREZ PÉREZ,  a Usted muy respetuosamente digo:
I.- PRESENTA INFORME FINAL Y  HACE VER QUE CORREN EN AUTOS COPIAS DE CARTAS NOTARIALES QUE ACREDITAN LAS FALTAS MUY GRAVES COMETIDAS POR EL NOTARIO DENUNCIADO
1.1.- Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 2º inciso 20  de la Constitución Política  del Estado peruano, que al haber sido informado por el Dr. Félix Román Moncada que el Consejo de Notariado tiene tres meses para pronunciarse sobre nuestra apelación  y al no haber sido notificado la parte agraviada con ninguna resolución final de la presente apelación es que recurro  a su  despacho PARA PRESENTAR EL PRESENTE INFORME FINAL y para hacer ver que se ha hecho llegar y corren en autos,  copias de las cartas notariales del denunciante dirigidas al notario denunciado Marco Antonio Corcuera García,  solicitándole que se oponga  a la inscripción del título  TITULO 01346794 -2018  y que transcribimos textualmente una de ellas
                                                                                             CARTA NOTARIAL
ASUNTO: -SOLICITA UN JUEGO DE TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA RELACIONADA CON EL
         FRAUDUILENTO TITULO 01346794 -2018 PRESENTADO EN LA SUNARP
                                     - SOLICTA PEDIR A LA SUNARP OPOSICION O DESISTIMIENTO DE INSCRIPCION DE FRAUDULEN TITULO
                                 - SOLICITA DERIVAR COPIAS CERTIFICADAS DE ACTUADOS AL MINISTERIO PUBLICO PARA SUS
                                         ATRIBUCIONES LEGALES
SR. NOTARIO PÚBLICO DELINCUENTE 
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 MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA NOTARIO CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE
Dirección de Oficina notarial ubicada en Esquina entre Calle Orbegoso y Calle San Martin – Trujillo
1.- Por medio de la presente carta que le será entregada en forma notarial, me dirijo a Usted para hacerle ver que
el miércoles día 13 de Junio del 2018 a las 16 y 53 P.M. por medio del Mecanismo de Alerta Registral se ha recibido
el siguiente mensaje:
---------- Mensaje reenviado ----------
De: SUNARP
Fecha: 13 de Junio de 2018, 16:53
Asunto: Notificación de Alerta Registral
La Partida Registral No 03137424 está siendo objeto de calificación por el Título No. 2018-01346794 presentado en
la sede: TRUJILLO. Para mayor información consulte el mismo a través del sitio
web: https://enlinea.sunarp.gob.pe/sunarpweb/pages/acceso/frmTitulos.faces
2.- Y siendo que al abrir el Link que se indica que pertenece a la SUNARP, se puede visualizar que el denunciante ha sido alertado vía correo electrónico que se pretende inscribir dolosa, delincuencial y fraudulentamente en los Registros Públicos de la ciudad de Sullana, el Título No. 2018-01346794 de una supuesta MODIFICACION DE ESTATUTOS presentada por vuestra persona quien ya anteriormente pretendió infructuosamente retirar al sr Humberto Rodríguez de la gerencia de Hostal David srl por medio de la corrupción judicial para tratar de dejarlo sin el pago de sus beneficios sociales y ahora ha presentado una fraudulenta escritura pública en la que supuestamente se modifica los Estatutos de la empresa Hostal David srl y el cual transcribimos textualmente: SERVICIOS >> Consulta de Estado de Títulos >> Detalle del Título
Número Título: 01346794 Año: 2018 Oficina: TRUJILLO
Tipo Registro REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS
Actos Registrales - MODIFICACION DE ESTATUTO
Resultado de la Calificación EN CALIFICACION
Mensaje Su Titulo esta en Proceso de Calificacion
Fecha Hora de Presentación 13/06/2018 16:07:54
Vencimiento 03/08/2018
Fecha Máxima de Reingreso
y/o Pago de Mayor Derecho 26/07/2018
Presentante
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CORCUERA GARCIA MARCO ANTONIO DELINCUENTE
Documento : DNI. 17848372
Participantes
Tipo NOMBRES/RAZON SOCIAL
1 - PJ HOSTAL DAVID SRL
Partidas Bloqueadas
Partidas Oficina
03137424 TRUJILLO
Fecha de Impresión 14/06/2018 10:45:25
3.- Siendo que ponemos en vuestro conocimiento que para este nuevo fraudulento Titulo se está utilizando nuevamente documentación notarial fraudulenta, haciendo hincapié que el denunciante en su calidad de Gerente de las empresas Hostal David srl no ha recibido ningún documento ni nunca ha recibido ninguna carta notarial solicitando convocatoria a Junta ni ha firmado ni ha tramitado ningún documento ante la SUNARP de la ciudad de Trujillo ni tampoco ha publicado ninguna convocatoria a junta de socios pues no se le deja ingresar a la empresa que representa y por lo cual la publicación hecha por el socio Abelardo Cerna Pérez en el diario La República según copia de la publicación del Diario La República que estamos adjuntando, como supuesto Gerente de la empresa Hostal David SRL es totalmente FRAUDULENTA Y NULA DE PLENO DERECHO porque el verdadero gerente de la empresa hostal David srl es el denunciante, el Q.F. Humberto Armando Rodríguez Cerna y no el Sr Abelardo Cerna Pérez según la copia del certificado de la vigencia de poder de gerente que estamos adjuntando Y SEGÚN LO ACREDITAMOS ADEMAS CON LAS COPIAS DE LAS CONSTATACIONES POLICIALES QUE ESTAMOS ADJUNTANDO QUE ACREDITA QUE NUNCA SE REALIZO DICHA JUNTA DE SOCIOS DE FECHA 3 DE ABRIL DEL 2018 AL HABER SIDO FRUSTRADA y por lo cual la documentación que usted ha presentado en la Sunarp de Trujillo en el mencionado título fraudulento No. 2018-01346794 sobre una supuesta MODIFICACION DE ESTATUTOS DE SOCIEDAD ANONIMA de la empresa Hostal David srl ES TOTALMENTE FRAUDULENTA, DOLOSA Y DELICTIVA que se están haciendo a espaldas del gerente de las empresa Hostal David srl Y POR LO CUAL SOLICITAMOS QUE AL TERMINO DE LA DISTANCIA PIDA A LA SUNARP LA OPOSICION A LA INSCRIPCION DE DICHO FRAUDULENTO TITULO, CASO CONTRARIO ESTAREMOS PRESENTADO LA DENUNCIA PENAL CORRESPONDIIENTE
4.-ASIMISMO SOLICITAMOS QUE SE NOS BRINDE EL MONTO A PAGAR POR UN JUEGO DE TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PUBLICA QUE HA PRESENTADO ANTE LA SUNARP CON EL TITULO NUMERO NO. 2018-01346794 Y POR LO CUAL SE PASARA A CANCELAR LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES AUTORIZANDO AL DR LIZARDO REUES BARRUTIA O AL SR ABRAHAM PINEDO SEDAMANO PARA QUE LO RECIBAN EN MI REPRESENTACION POR RADICAR EL SUSCRITO FUERA DE LA CIUDAD DE TRUJILLO Y SOLICITAMOS ADEMÁS DERIVAR COPIAS CERTIFICADAS DE LO PRESENTADO EN EL TITULO NO. 01346794 -2018 AL MINISTERIO PUBLICO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES PUES SE HA COMETIDO GRAVES DELITOS DE FALSEDAD GENERICA Y FALSEDAD IDEOLOGICA EN PERJUICIO DEL ACTUAL GERENTE DELA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL Y EN AGRAVIO DEL ESTADO. CASO CONTRARIO DE NO DERIVAR COPIAS CERTIFICADAS ESTAREMOS INTERPONIENDO UNA DENUNCIA PENAL POR OMISION DE DENUNCIA Y HACEMOS VER QUE SE HA PUESTO EN CONOCIMIENTO DEL MINISTRO DE JUSTICIA EL ACCIONAR DOLOSO DE VUESTRA OFICINA NOTARIAL Y ESTAMOS DANDO A CONOCER A LOS MAS IMPORTANTES DIARIOS DEL PERU Y DEL MUNDO CON COPIA A LAS PRINCIPALES NOTARIAS PUBLICA DEL PERU Y DEL MUNDO EL ACCIONAR DOLOSO CON QUE SE ACTUA EN SU NOTARIA PUBLICA COMO LO HA HECHO TAMBIEN EN AGRAVIO DE LOS SRES ÓSCAR PORTILLA CASTILLO, LUIS MÉNDEZ MORENO, WALTER NÚÑEZ LLANOS Y JULIO PÉREZ PÉREZ SEGÚN COPIA DEL DAIRIO LA REPUBLICA QUE ESTAMOS ADJUNTANDO
ANEXOS
1.- Copia de DNI y copia del Certificado de Vigencia de Poder del Gerente de la empresa Hostal David srl
2.- Copias de publicación periodística de la Republica en donde se visualiza que quien hace la
convocatoria a socios es el socio Abelardo Cerna Pérez quien verdaderamente no es el gerente de la
empresa hostal David y por lo cual se ha incurrido en delitos de Falsedad ideológica, Falsedad Genérica,
Asociación ilícita para delinquir en agravio del gerente de la empresa Hostal DAVID SRl y en agravio de la
Sunarp
3.- Copia de 2 constataciones policiales que acreditan que nunca se realizó la junta de socios el día 3 de
abril del 2018
4.- Copia de la publicación del diario la Republica donde se denuncia graves acta de corrupción contra su
persona
2.- Y con lo que acreditamos en forma contundente que el notario denunciado si recibió dichas cartas notariales donde el agraviado  se opuso a la inscripción del título Nº 01346794 -2018 pero  hizo caso omiso a sus cartas notariales, Y CON ESOS MEDIOS PROBATORIOS  ACREDITAMOS QUE EN FORMA CONTUNDENTE SE HA CONTRAVENIDO EL ARTÍCULO 57 DEL LEY 29560 que es la  Ley que amplía la Ley Nº 26662, Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, y la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades y que prescribe dicho Artículo 57.- “Remisión de los actuados al Poder Judicial.- En caso de tramitarse la convocatoria y presentarse la oposición de uno o más socios titulares de participaciones y acciones con derecho a voto o de la misma sociedad, el notario tiene la obligación de remitir lo actuado al juez competente.” Y por lo cual al haberse mi persona  opuesto a la convocatoria en forma notarial, el denunciado notario Marco Antonio Corcuera García  estaba en la obligación de derivar todo lo actuado al poder judicial y más específicamente estaba obligado derivar todo lo actuado al juez competente y no lo hizo y por lo que ha incurrido en falta muy grave pues con la fraudulenta  escritura pública del notario denunciado se  pretendió  en forma ilegal retirarlo de la gerencia de la empresa Hostal david  srl con una  fraudulenta convocatoria notarial de socios de la empresa de hostal David srl sin haber recibido nunca una carta notarial convocando a junta de socios para tratar de hacer el cambio del gerente y hacer la transferencia de los inmuebles para dejarle sin el pago de sus beneficios sociales  y con  lo cual se ha logrado acreditar las graves faltas cometidas 
 1.2.- EL NOTARIO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA  ADEMAS HA CONTRAVENIDO LOS SIGUIENTES ARTICULOS CODIGO DE ETICA DEL NOTARIO -DECRETO SUPREMO N° 015-1985-JUS
1.2.1.-El notario denunciado ha contravenido  el Artículo 2.- El Notario, en su condición de profesional del Derecho encargado de dar fe pública en los actos y contratos en que interviene por mandato de la Ley, debe orientar su acción fundamentalmente de acuerdo con los siguientes principios:
Veracidad; Honorabilidad; Objetividad; Imparcialidad; Diligencia; y, respeto a la Dignidad y derechos de las personas, a la Constitución y a las Leyes. Estos principios deben orientar asimismo la vida personal del Notario.
1.2.2.- El notario denunciado ha contravenido  el Artículo 6.- Son derechos del Notario: Negarse a intervenir:
1.- En los actos y contratos contrarios a la ley, a la moral o a las buenas costumbres;
3.- Cuando hay discrepancia respecto de la calificación jurídica del acto o contrato;
1.2.3.- El notario denunciado ha contravenido  el Artículo 7.- Afectan la ética del Notario:
c.- El incumplimiento de las disposiciones emanadas del Colegio;
1.3.- EL NOTARIO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA  HA CONTRAVENIDO LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS DEL   DECRETO LEGISLATIVO DEL NOTARIADO -  DECRETO LEGISLATIVO Nº 1049
1.3.1.- El notario denunciado ha contravenido el Artículo 10.- Requisitos para ser notario
d) Conducirse y orientar su conducta personal y profesional hacia los principios y deberes éticos de respeto, probidad, veracidad, transparencia, honestidad, responsabilidad, autenticidad, respeto a las personas y al ordenamiento jurídico. Por lo que el agraviado ha solicitado además de que se declare nulo todo lo actuado por haberse contradicho derechos constitucionales al debido proceso, al derecho de petición, al derecho de defensa del agraviado también ha solicitado  aplicar el Artículo 21.- Motivos de Cese El notario cesa por:
i) Perder alguna de las calidades señaladas en el artículo 10 de la presente ley, declarada por la Junta Directiva del colegio respectivo, dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes de conocida la causal. Y Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el Artículo 22.- Medida Cautelar Ante indicios razonables que hagan prever el cese del notario por pérdida de calidades señaladas para el ejercicio del cargo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 10 de la presente ley y en tanto se lleva adelante el procedimiento señalado en el artículo 21 inciso i) precedente, el Consejo del Notariado mediante decisión motivada podrá imponer la medida cautelar de suspensión del notario. Procede recurso de reconsideración contra dicha resolución, el mismo no suspende la ejecución de la medida cautelar
1.3.2- El notario delincuente y corrupto 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE Y CORRUPTO
 ha contravenido  el Artículo 82  que prescribe de la  Responsabilidad en la Expedición de Instrumentos Públicos,  El notario expedirá, bajo responsabilidad, testimonio, boleta y partes, a quien lo solicite, de los instrumentos públicos notariales que hubiera autorizado en el ejercicio de su función. Asimismo, expedirá copias certificadas de las minutas que se encuentren en su archivo notarial. Los traslados notariales a que se refiere este artículo podrán efectuarse en formato digital o medios físicos que contengan la información del documento matriz de manera encriptado y segura y que hagan factible su verificación a través de los mecanismos tecnológicos disponibles. PUES A PESAR DE QUE EL AGRAVIADO LE SOLICITO NOTARIALMENTE QUE LE ENTREGUE COPIAS DE LO ACTUADO EN SU NOTARIA, EL NOTARIO DENUNCIADO HIZO CASO OMISO A LAS SOLICITUDES ENVIADAS NOTARIALMENTE 
1.3.3.- El notario denunciado 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE, COBARDE  Y CORRUPTO ha contravenido  el Artículo 87.- Obligación de Expedir Traslados Si es solicitado el traslado de un instrumento público notarial y el notario niega su existencia en el registro, el interesado podrá recurrir al Colegio de Notarios respectivo, para que éste ordene el examen del índice y registro y comprobada su existencia, ordene la expedición del traslado correspondiente. PUES A PESAR DE QUE EL AGRAVIADO LE SOLICITO NOTARIALMENTE QUE LE ENTREGUE COPIAS DE LO ACTUADO EN SU NOTARIA, EL NOTARIO DENUNCIADO HIZO CASO OMISO A LAS SOLICITUDES 
1.3.4.- El notario denunciado 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE, COBARDE  Y CORRUPTO ha contravenido el Artículo 144.-  El notario tiene responsabilidad administrativa disciplinaria por el incumplimiento de esta ley, normas conexas y reglamentarias, estatuto y decisiones dictadas por el Consejo del Notariado y colegio de notarios respectivo.
1.3.5.- El notario denunciado 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE, COBARDE  Y CORRUPTO  ha contravenido el Artículo 145 que prescribe sobre las responsabilidades, El notario es responsable, civil y penalmente, de los daños y perjuicios que, por dolo o culpa, ocasione a las partes o terceros en el ejercicio de la función. El agraviado en su denuncia primigenia ha solicitado aplicar de oficio, el Artículo 149-A que prescribe sobre   Infracciones Disciplinarias Muy Graves y que son:
d) Efectuar declaraciones y juicios, en la extensión de los instrumentos notariales, cuando le conste la falsedad de los actos, hechos o circunstancias materia de dichos instrumentos.
m) Incumplir dolosamente y causando perjuicio a tercero, cualquier deber propio de la función notarial, ya sea de origen legal, reglamentario o estatutario.
n) La responsabilidad funcional a que se refiere el literal d) del artículo 55 de la presente Ley.
r) Incumplir dolosamente cualquier deber propio de la función notarial, ya sea de origen legal, reglamentario o estatutario; causando perjuicios a terceros.
s) Las demás infracciones aprobadas mediante el reglamento del Decreto Legislativo Nº 1049”.(*)
Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el  Artículo 150.- Tipos de Sanciones
Las sanciones que pueden aplicarse en el procedimiento disciplinario son:
c) En caso de infracciones disciplinarias muy graves: la destitución y una multa mayor de 10 UIT y hasta 20 UIT.
1.3.6.- Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el  Artículo 153.- Medida Cautelar  Mediante decisión motivada, de oficio o a solicitud del colegio respectivo o del Consejo del Notariado, el Tribunal de Honor de los colegios de notarios al inicio del procedimiento disciplinario podrá disponer como medida cautelar la suspensión del notario procesado en caso de existir indicios razonables de la comisión de infracción administrativa disciplinaria y dada la gravedad de la conducta irregular, se prevea la imposición de la sanción de destitución. Dicha decisión será comunicada a la junta directiva del colegio respectivo, a fin que proceda al cierre de los registros y la designación del notario que se encargue del oficio en tanto dure la suspensión. En ningún caso la medida cautelar podrá exceder el plazo máximo fijado por la presente ley para el desarrollo del procedimiento disciplinario, bajo responsabilidad de la autoridad competente. El recurso de apelación no suspende la medida cautelar.
1.4.- EL NOTARIO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE, COBARDE  Y CORRUPTO AL HABER  CONTRAVENIDO LA NORMATIVIDAD LEGAL NOTARIAL EL AGRAVIADO HA SOLICITADO EN SU DENUNCIA PRIMIGENIA  APLICAR VARIOS ARTICULOS DEL  TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1049, DECRETO LEGISLATIVO DEL NOTARIADO DE LA VIGILANCIA DEL NOTARIADO
1.4.1.-Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el Articulo 76';- Infracciones disciplinarias. Muy graves  Son. Infracciones disciplinarias muy 'graves' las siguientes: 2. Efectuar declaraciones y juicios, en la extensión de: las instrumentas notariales, cuando le conste la falsedad de las actos, hechos a circunstancias materia de dichas instrumentas'. 12. Incumplir dolosamente y causando perjuicio, a tercer, en el deber propio. de la función, notarial ya sea de origen legal, reglamentario a estatutario
1.4.2.-Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el Articulo 77'.- 4. La. destitución es el cese definitivo en el ejercicio de la función notarial.
1.4.3.- Por lo que el agraviado ha solicitado aplicar el Articulo 78'.- De la medida cautelar prevista en el artículo 153' del Decreta Legislativo 1. La medida cautelar a que.se refiere el artículo 153' del Decreta Legislativa, es una institución jurídica del derecho administrativo y en tal sentido constituye:. una decisión administrativa de carácter provisional, excepcional e instrumental cuya objeto es asegurar la eficacia de la resolución final del' procedimiento disciplinario notarial que  se inicie por conducta infractora que dada su gravedad, hagan prever la imposición. de sanción de destitución'; Se justifica en el interés. general constituido por la. confianza ciudadana en la fe pública que otorga el notario. 3. La motivación de la medida cautelar a que se refiere el articula 153 del Decreto Legislativa, exige el análisis lógico jurídica respecta a la adecuación de la medida, a la finalidad de. asegurar la eficacia de la resolución' final, la, justificación del' riesgo'. para esa eficacia por el transcurso' del tiempo; detallando' las razones de. su urgencia y el motivo par el cual no' es posible esperar la conclusión' del procedimiento administrativa disciplinario, asi com0 el juicio' de razonabilidad' en relación a la gravedad del perjuicio' para el bien jurídico tutelada,
1.5.- TAMBIEN EL NOTARIO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA DELINCUENTE, COBARDE  Y CORRUPTO  HA CONTRAVENIDO LOS SIGUIENTES ARTICULOS de la Ley del Notariado -DECRETO LEY Nº 26002
1.5.1.- El notario denunciado ha contravenido el Artículo 10.- Para postular al cargo de notario se requiere: d) Tener conducta moral intachable;
1.5.2.- El notario denunciado ha contravenido el Artículo 19.- Son derechos del notario: c) Negarse a autorizar instrumentos públicos contrarios a la ley, a la moral o a las buenas costumbres
1.6.- Por lo que el agraviado está  solicitando al Consejo del Notariado  o bien  la nulidad de todo lo actuado en base a los  Artículos 10 y   11  de la   Ley del Procedimiento Administrativo General LEY Nº 27444
Artículo 10.- Causales de nulidad Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes: 1. La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias.
Artículo 11.- Instancia competente para declarar la nulidad 11.1 Los administrados plantean la nulidad de los actos administrativos que les conciernan por medio de los recursos administrativos previstos en el Título III Capítulo II de la presente Ley. 11.2 La nulidad será conocida y declarada por la autoridad superior de quien dictó el acto.. 11.3 La resolución que declara la nulidad, además dispondrá lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad del emisor del acto inválido.
1.7.- El agraviado ha  solicitado la nulidad de actuados en base a que se ha contravenido el Artículo IV del titulo preliminar de la ley  27444 Principios del procedimiento administrativo1. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en los siguientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del Derecho Administrativo:
1.7.1.- Se ha contravenido el 1.1. Principio de legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.
1.7.2.- También Se ha contravenido el inciso  1.2. del articulo IV del titulo preliminar  Principio del debido procedimiento administrativo.- Los administrados gozan de todos los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento administrativo, que comprende el derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en derecho. La institución del debido procedimiento administrativo se rige por los principios del Derecho Administrativo. La regulación propia del Derecho Procesal Civil es aplicable sólo en cuanto sea compatible con el régimen administrativo.
1.7.3.- Además Se ha contravenido  el inciso 1.5 del artículo IV DE LA LEY 27444 que prescribe sobre el  Principio de imparcialidad 1.5 .- Las autoridades administrativas actúan sin ninguna clase de discriminación entre los administrados, otorgándoles tratamiento y tutela igualitarios frente al procedimiento, resolviendo conforme al ordenamiento jurídico y con atención al interés general..
1.7.4.- ADEMAS Se ha contravenido  el   Principio de verdad material.- INCISO 1.11 del articulo IV de la ley 27444  En el procedimiento, la autoridad administrativa competente deberá verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley,
1.7.5.- Se ha contravenido  el  inciso 1.112 del artículo IV de a ley 27444 Principio  de participación.-1.12.- Las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que administren, sin expresión de causa pues no le ha notificado la resolución de inicio de la investigación preliminar  y se niegan entregarle copias de los descargos del notario denunciado y se niegan  a entregarle copias de actuados
1.7.6.- Además se ha contravenido  al artículo 18 del la LEY Nº 27444 que prescribe la Obligación de notificar las  resoluciones pues no se le ha notificado la resolución de inicio de investigación preliminar, contraviniéndose el punto 8.1 que prescribe, La notificación del acto será practicada de oficio y su debido diligenciamiento será competencia de la entidad que lo dictó. Pero es el caso que nunca le han notificado la resolución de inicio de investigación preliminar ni se le quiere entregar copias de los descargos del notario denunciado ni copias de actuados Y POR LO CUAL ELL AGRAVIADO  ESTA  SOLICITANDO LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO Y SOLICITA  QUE SE REPONGA EL PROCESO ADMINISTRATIVO AL ESTADO INMEDIATO ANTERIOR A LA OCURRENCIA DE LOS   VICIOS MENCIONADOS  EN LA MEDIDA QUE SE HA GENERADO  LA AFECTACIÓN A  GARANTÍAS CONSTITUCIONALES DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 2 inciso 20 y articulo 139 INCISOS 3  Y 14   DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO  y por haber   afectado gravemente   los siguientes  derechos constitucionales:
 a) El derecho de petición, el Derecho al DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO y  el derecho a la defensa de la parte agraviada
b) El derecho a la debida motivación de las resoluciones administrativas   respetando el principio de congruencia y se  ha contravenido El principio de interdicción de la arbitrariedad pues se declara de oficio la prescripción de la acción disciplinaria en lo referente a la empresa leo SA sin haber solicitado al ministerio público de Trujillo las copias del expediente fiscal 1829 -2013 con el que se iba a demostrar que no había prescrito
c) El principio de  no ser  sometido a procedimiento distinto de los previamente establecidos por la ley  y se ha contravenido el Art. 103, "… La Constitución no ampara el abuso del derecho".
1.8.- POR LO QUE EL DENUNCIANTE ESTA SOLICITANDO  DOS COSAS EN LA PRESENTE APELACION O BIEN LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO Y  QUE SE ORDENE QUE SE DECLARE NULO TODO LO ACTUADO Y PARA QUE SE ORDENE EL INICIO DE LA INVESTIGACION PRELIMINAR CONTRA EL NOTARIO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA  Y PARA QUE SE ORDENE QUE SE RESPETE EL DERECHO DEL DEBIDO PROCESO Y LOS PLAZOS  PUES  SE HA CONTRAVENIDO DERECHOS CONSTITUCIONALES AL DEBIDO PROCESO, AL DERECHO DE PETICIÓN Y AL DERECHO  A LA DEFENSA DEL AGRAVIADO  PUES ES EL CASO SR PRESIDENTE QUE NUNCA LE FUE NOTIFICADO AL DENUNCIANTE LA  RESOLUCIÓN DE INICIO DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR DEL MENCIONADO EXPEDIENTE COMO PARA PODER PRESENTAR SUS MEDIOS PROBATORIOS QUE TENÍA EN SU PODER Y NUNCA LE ENTREGARON COPIAS DE LOS  DESCARGOS DEL NOTARIO DENUNCIADO SOLICITADAS     Y  RECIÉN FUE NOTIFICADO  CON  LA RESOLUCION DEL TRIBUNAL DE HONOR DEL COLEGIO DE NOTARIOS DE LALIBERTAD  EN LA QUE SE RESOLVÍA, DECLARAR QUE NO HAY LUGAR A APERTURAR PROCESO DISCIPLINARIO CONTRA EL NOTARIO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE  POR MOTIVO DE LA DENUNCIA INTERPUESTA POR DON HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNA Y POR LO CUAL SE HA INTERPUESTO LA APELACION INCOADA DONDE SE HA SOLICITADO UNA VEZ ANULADO LA RESOLUCION DE ARCHIVO DE LA PRESENTE DENUNCIA  ORDENE QUE SE DISPONGA LA INVESTIGACION CONTRA EL NOTARIO DENUNCIADO   
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA CORRUPTO, DELINCUENTE Y COBARDE   INCURRIDAS EN AGRAVIO  DEL DENUNCIANTE, EN AGRAVIO DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL Y LEO SA Y EN AGRAVIO DE LOS CIUDADANOS ÓSCAR PORTILLA CASTILLO, LUIS MÉNDEZ MORENO, WALTER NÚÑEZ LLANOS Y JULIO PÉREZ PÉREZ. O EN SEGUNDO CASO QUE CON LOS MEDIOS PROBATORIOS QUE CORREN EN AUTOS EL DENUNCIANTE ESTA SOLICITANDO ANTE EL CONSEJO DEL NOTARIADO QUE DE OFICIO  SE LE SANCIONE DRASTICAMENTE CON LA  DESTITUCION DEL MENCIONADO NOTARIO PUBLICO DENUNCIADO 
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MARCO ANTONIO CORCUERA GARCIA  Y SE DISPONGA EL CIERRE DE SU NOTARIA PUBLICA PUES LOS HECHOS SON GRAVISIMOS Y HA QUEDADO ACREDITADO QUE EL DENUNCIANTE SI SOLICITO AL DENUNCIADO NOTARIO QUE SE OPONGA A LA INSCRIPCION DEL ILEGAL TITULO 01346794 -2018  Y NUNCA DERIVO TODO LO ACTUADO AL JUEZ COMPETENTE PERO  HIZO CASO OMISO A  SU SOLICITUD DEL DENUNCIANTE HABIENDOSE CONTRAVENIDO EL ARTÍCULO 57 DEL LEY 29560
FUNDAMENTOS JURIDICOS
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO.   
 Art. 2º Inciso 20: "Toda persona tiene derecho a formular peticiones ante la autoridad competente, la que está obligada a pronunciarse dentro del plazo de Ley, por escrito y bajo responsabilidad  
POR O EXPUESTO , 
SR PRESIDENTE, SOLICITO TENER POR PRESENTADO ESTE ESCRITO Y PROVEER DE ACUERDO A LEY                                                             
                                                                                                                     ..........................................................................
                                                       Q.F. HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNAI
                                                                                  DNI  Nº 06506619
                                                         GERENTE DE HOSTAL DAVID SRL
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Armando Moncada-Retablo con luna 4
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spinmeround · 5 years
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Armando Moncada
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#El68 Los granaderos irrumpen en la Vocacional 5 (segunda de tres partes)
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La entrada de los granaderos a la Vocacional 5 provocó un efecto en cascada. El mismo martes 23 de julio, maestros y estudiantes decretaron un paro de labores de 24 horas, que después se extendió a 72. Comenzaron las asambleas y la organización de la protesta contra la irrupción policiaca.
Era obligada la intervención de la Federación Nacional de Estudiantes Técnicos (FNET), la organización oficial de representación estudiantil, que auspiciaban las autoridades (Politécnico, PRI y gobierno) y presidía entonces José Rosario Cebreros, estudiante del quinto año de la Escuela de Medicina del IPN.
La FNET era una especie de sindicato estudiantil, que congregaba a alrededor de 300 mil estudiantes de todo el país: de los tecnológicos, los tres niveles del Politécnico (superiores, vocacionales y prevocacionales), las secundarias técnicas, las escuelas de enseñanzas especiales y una normal técnica del DF.
“Era una estructura corporativa, que para nada servía a los intereses de los politécnicos”, me explicaba César Tirado, ex miembro del CNH en el movimiento estudiantil. 
Otra era la opinión de César Enciso, también miembro del CNH. “Con todo y que era oficialista, plegada a los intereses del PRI  y del gobierno, era una organización estudiantil amplia, donde teníamos cabida tirios y troyanos. Yo militaba en la Juventud Comunista, como muchos de mis compañeros que éramos proclives a la democratización de la FENET y que habíamos ganado sociedades de alumnos dentro de esa organización”.
Cuestionada por los grupos de izquierda, que avanzaban en la representación estudiantil, la FNET había evidenciado la debilidad de su liderazgo un año atrás, en 1967, durante el paro organizado por los estudiantes politécnicos, en apoyo de la Escuela de Agricultura Hermanos Escobar, de Ciudad Juárez, Chihuahua, que se había lanzado a huelga para exigir la federalización de su institución. La FNET se vio presionada a apoyar esta iniciativa, aun cuando la ponía en conflicto con el gobierno.
Ahora estaba obligada a actuar. Por eso Cebreros y los tres secretarios generales de la FNET (Roberto Valdivia Ochoa, de la ESCA; Apolonio Damas, de la ESIA, y José Centeno Nava, de la ESIME) convocaron a una reunión de sus miembros que se llevó a cabo el miércoles 23 de julio, a las 5 de la tarde, en el auditorio de la escuela técnica Wilfirdo Massieu, en el Casco de Santo Tomás.
Allí, los 18 secretarios generales y los presidentes de las sociedades de alumnos acordaron realizar una marcha de protesta por el abuso policiaco –la primera que realizaban desde 1956– y abanderar la demanda de los politécnicos, quienes exigían la renuncia de los jefes policiacos Luis Cueto y Raúl Mendiolea, y del teniente coronel Armando Frías, jefe del cuerpo de granaderos.
La manifestación se programó para el 26 de julio. Antes, sin embargo, debían solicitar el permiso de las autoridades. Acudieron el jueves 25 de julio por la mañana a la Secretaría General de Gobierno para entrevistarse con su titular, Rodolfo González Guevara, quien le pidió a Cebreros posponer la manifestación. 
Conocidos del pasado, en su natal Sinaloa, González Guevara le dijo: “Paisano, no haga por favor la manifestación, porque van a coincidir con la del 26 de julio”, que celebraba cada año el asalto al cuartel Moncada, como inicio de la Revolución cubana. Pero esta vez la FNET no cedió. No podía.
Para las autoridades capitalinas, la decisión de otorgarles el permiso no era un asunto menor. No sólo por los aires de protesta estudiantil que corrían de todas latitudes del mundo, sino por los antecedentes del caso politécnico. Además, la presencia de los comunistas siempre añadía un ingrediente de riesgo a ojos de las autoridades. Eran tiempos de guerra fría y la gripe anticomunista se contagiaba con facilidad. El virus incubaba fácilmente en el gobierno que, ante cualquier protesta, argüía en contra de la izquierda acusaciones de “conjura”.
Cualquier manifestación comunista obligaba la estrecha vigilancia de la Secretaría de Gobernación, entonces a cargo de Luis Echeverría, y de su Dirección Federal de Seguridad (DFS), encabezada por el militar Fernando Gutiérrez Barrios. Como en esta oficina se concentraba toda la información política y de seguridad, nadie ha dudado de que Echeverría y Gutiérrez Barrios previeran los riegos de que se llevaran a cabo dos manifestaciones el mismo día.
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La mañana de ese viernes 26 de julio, en las escuelas del IPN hervía el ánimo de protesta. La FNET ya había convenido con el gobierno el trayecto de la manifestación: de la Plaza de la Ciudadela al Monumento a la Revolución y de allí a la Plaza del Carrillón, en el Casco de Santo Tomás.
La manifestación arrancó a las 4:30, envuelta en un clima de unidad contra la agresión policiaca, pero dividida por las diferencias entre las distintas expresiones políticas estudiantiles. O mejor, porque los politécnicos que militaban o simpatizaban en las organizaciones de izquierda cuestionaban la autoridad moral de la FNET para encabezar la marcha. Había hartazgo del control gubernamental y hacía mucho que luchaban por democratizar la vida estudiantil y sus órganos de representación.
Más al sur de la ciudad, de Salto del Agua y San Juan de Letrán, partió la marcha de apoyo a la revolución cubana. La manifestación de los comunistas hubiera transcurrido “como cualquier peregrinación”, de no haberse presentado un factor extraordinario. Y ocurrió cuando contingentes de las dos manifestaciones se unieron en una sola protesta, intentado alcanzar el Zócalo. Desde los mineros de Nueva Rosita, nadie se había atrevido a llegar a la Plaza de la Constitución, sin la venia presidencial.
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De cómo coincidieron las marchas de comunistas y politécnicos hay versiones encontradas: hay quienes afirman que se trató de una acción espontánea y quienes advierten que fue plan concertado por la Confederación Nacional de Estudiantes Democráticos. 
“Decidimos (los estudiantes de la Juventud Comunista y la Liga Espartaco) organizarnos para romper el control de la FNET sobre la manifestación”, aseguró David Vega en el libro Pensar el 68, en el que narra las acciones de propaganda que llevaron a cabo en las escuelas para lograr que la marcha del Poli dejara al margen a la FNET. “En la CNED, el día 25 (de julio), habíamos acordado que, de ser posible, conduciríamos esa manifestación para hacerla caer el 26 de julio”.  
En su libro de memorias La flor del tiempo, Arturo Martínez Nateras, entonces presidente de la CNED, escribió: “Los compas del IPN se movilizan y fuerzan la convocatoria de una manifestación de la FNET. Charlamos con Alanís, el líder de la Voca, y convenimos proponer la unificación de las dos manifestaciones. La fracción comunista en el comité ejecutivo de la FNET infructuosamente hace lo propio. El localito de la CNED, en Córdoba 95, es insuficiente para alojar a los participantes en la reunión del 25 de julio en la noche. Los muchachos resuelven mantener las dos marcha. Los del IPN presionarán dentro de sus contingentes a favor de mantenerse en el primer cuadro”.
Guevara Niebla conjeturaba que de la maniobra de los jóvenes ya estaba enterada la policía política. O al menos la presumía. “La coyuntura que ofrecía el 26 de julio era casi perfecta para armar ex profeso un motin callejero”, escribe. Al hacer contacto las dos manifestaciones, “se produciría un corto circuito que crearía el pretexto formal para la intervención policiaca y daría al acto una connotación política que hasta entonces no tenía. Desde el punto de vista de imagen pública, las fuerzas del orden estarían reprimiendo una acción comunista subversiva. Se hablaría enseguida (como había ocurrido en otras represiones contra los comunistas) de una conjura extranjera o, si se quiere, de un complot del comunismo internacional”.
Represión preventiva, le llamaban en el argot de la policía política, y la aplicaban sobre todo contra la izquierda, cada primero de mayo y primero de septiembre, días del Trabajo y del informe presidencial, para evitar protestas incómodas. El método se justificaba, ante la proximidad de las Olimpiadas, que se inauguraban la segunda semana de octubre de 1968.
El parte de la Dirección Federal de Seguridad acerca del mitin de los comunistas, ya adelantaba justificaciones para una posible intervención policiaca. “Exhortaron a los estudiantes a unirse como en París, Francia, donde hicieron bambolear el gobierno burgués y dictatorial del general De Gaulle y dijeron que en México debe iniciarse un movimiento similar”, se lee en el reporte elaborado por el agente Francisco Gutiérrez.
A pesar de la FNET, las consignas para llevar la marcha de politécnicos al Zócalo estallaron durante todo el trayecto. Había pasión política sin trancas. De allí que al llegar la avanzada al Monumento a la Revolución, se desbordara la exigencia de seguir hacia la Plaza de la Constitución. 
Recordaba David Vega que “Efraín García Reyes se paró sobre un camión y arengó a los jóvenes para romper el control de la FNET. Entonces lo apedrearon Gil Zamora y otros, gente del Chayo Cebreros. Me corretearon al darse cuenta de que les estábamos quitando el control. Sin embargo, la manifestación siguió su curso hasta el Carrillón (en el Casco de Santo Tomás); unas arengas decían ‘vamos a la Alameda’, otras ‘vamos al Zócalo’.
Aproximadamente 300 jóvenes politécnicos se desprendieron en el Monumento a la Revolución, ante la negativa de la FNET de salirse de la ruta autorizada. La manifestación continuó hacia la plaza del Carrillón, donde concluyó aproximadamente a las 18:30. 
Allí, los opositores de la FNET se hicieron del sonido y convocaron a los estudiantes a volver al centro. “Caminamos unas dos cuadras, hasta la calle de Nogal o Fresno (en la colonia Santa María la Ribera), tomamos autobuses, nos bajamos en el panteón San Fernando y desde allí iniciamos nuestra marcha independiente”, recordaba Jaime García Reyes en Pensar el 68.
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Se calcula que fueron cerca de 3 mil los jóvenes que partieron hacia el Zócalo, ya integrados con los grupos de izquierda. Unos enfilaron por 5 de Mayo y otros por Madero. Paco Ignacio Taibo II narra el episodio del que él mismo fue protagonista: “Dejamos nuestra manifestación, cuyo final en soñolientos discursos parecía previsible, y nos lanzamos de mirones. De repente estábamos metidos en una marcha de estudiantes politécnicos que protestaban contra las porras y las agresiones de bandas juveniles, avanzando hacia el Zócalo y echando mierda contra la FNET (…). Parecían más festivos y bastante menos serios que nosotros. Parecían más genuinamente encabronados. Parecían más inocentes”.
Conforme avanzaban, las cortinas de los comercios se iban cerrando. De pronto, la vanguardia de la marcha se detuvo y de la retaguardia comenzaron los gritos: ¡Zócalo! ¡Zócalo! Avanzaron unos metros hasta la intersección de Palma. Allí, una muralla de granaderos se precipitó sobre ellos. Ya los esperaban.
“Sonaron gritos, el paf, paf, de las explosiones de las bombas de gas. Segundos después estábamos rodeados de granaderos que no pedían que nos disolviéramos, sino que se dedicaban a apalearnos, aprovechando que habíamos quedado atrapados en las estrecheces de la calle Palma. Las puertas se cerraban. Recuerdo con claridad la sangre corriendo por la frente de alguien que venía a mi lado, los zapatos que se perdían cuando la gente corría sin espacio, tratando de salir de la primera fila. La sensación de que nunca se podía huir de allí sin ser apaleado. Los granaderos se acercaban. La multitud se compactaba, gritos y jadeos, algunos golpes en la cabeza dados sin misericordia, con odio. La sensación de que no había salida y que el apaleamiento sería interminable llevó al pánico”, recuerda Taibo II.
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La saña se extendió y alcanzó a peatones incautos que pasaban por el lugar, mujeres y hombre. Dos empleadas del DDF narraron al día siguiente que los granaderos las habían golpeado y detenido, al intentar esconderse en el quicio de un edificio.
A la distancia sigue llamando a sospecha uno más de los incidentes cuyo origen nadie ha podido aclarar: los botes de basura con piedras que aparecieron en el perímetro de la Alameda. 
Hay testimonios de estudiantes que aseguraban haber visto a un grupo de hombres, adultos ya, tomar las piedras y lanzarlas contra los escaparates de al menos 15 comercios: Trajes Wilmex, PEMEX, Ropa del Prado, Casa Aries, Banco de Londres y México, Camisería Cazuela, Modas Castelos y el Museo de Artesanías. El Johnny aseguraba que se trataba de “indicadores” del DDF, infiltrados que se habían colado entre los jóvenes para provocar. “A mí me lo informó mi gente, que cuando llegaron a la joyería del hotel Bamer, comenzaron a  romper todo, pero eran infiltrados”.
Jaime García Reyes afirmaba que esas piedras las hicieron los propios estudiantes al sacar las tapas de las alcantarillas –que entonces eran de concreto– y estrellarlas en el piso. “Nosotros las hicimos”. Y las utilizaron contra el subjefe de la policía metropolitana, Raúl Mendiolea, quien había llegado a la Alameda acompañado de seis elementos vestidos de civiles y un uniformado. La versión oficial es que buscaba un acercamiento con los manifestantes para disuadirlos. García Reyes, en cambio, aseguraba que su idea era “meterse entre nosotros, dar pequeños golpes y desbaratar la manifestación, pero en cuanto los tuvimos a tiro, los apedreamos”.
En las siguientes horas el centro de la ciudad de México ardió: sirenas, gases lacrimógenos, piedras que volaban. Los jóvenes buscaron refugio en las preparatorias de la UNAM, en la tres, de San Ildefonso, que compartía sede con la uno en la calle Justo Sierra, y la dos, ubicada en Licenciado Verdad y Guatemala. Otros huyeron hacia las vocacionales 2 y 5 de la Ciudadela, y la 7, de Tlatelolco. El resto se esparció por las escuelas del politécnico y casas de estudiantes para informar de lo que ocurría en el “barrio universitario”.
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Para las 10 de la noche, la policía capitalina ya había esparcido la refriega por todos los planteles de la zona centro. En las preparatorias, los granaderos arremetieron contra los jóvenes que salían de clases y de un concierto de rock. A los politécnicos los persiguieron hasta las vocacionales. “Los jóvenes de la preparatoria no tenían nada que ver, iban saliendo de clases, pero a quien veían con libros y cuadernos se iban sobre ellos. Fue un ataque fuera de toda proporción, por la saña con la que nos golpearon y como para provocar que eso creciera deliberadamente”, recordaba César Enciso.
Para defenderse, los estudiantes tomaron 13 camiones del servicio público y los utilizaron como barricadas en un perímetro de cuatro cuadras alrededor de las preparatorias. El primero de muchos en arder en los días siguientes fue un autobús de pasajeros de primera clase, de la línea General Anaya, con placas de circulación 57-722 y número económico 58, que colocaron en la calle Argentina, frente a la librería Porrúa. En la preparatoria tres fue el mismo director, Roberto Alatorre Padilla, quien encabezó la defensa del plantel. En la azotea, los jóvenes se organizaron para repeler la agresión con piedras y botellas.
Los vecinos del centro también se sumaron a la defensa de los estudiantes y desde sus balcones arrojaron contra los granaderos lo que pudieron; “uno de ellos fue herido con un macetazo que le hundió el casco protector”, narró González de Alba.
Al cabo de cuatro horas de enfrentamientos, pasadas las 2 de la mañana y en medio de un cerco de 800 granaderos posicionados en la calle Argentina, el director del plantel universitario se entrevistó con el coronel Carlos Cueto Fernández para pedirle que detuviera la agresión. El jefe policiaco le garantizó que no habría más embates siempre que los jóvenes también detuvieran los ataques y entregaran los camiones. Hubo calma, pero los granaderos se mantuvieron en los alrededores de San Ildefonso, hasta la mañana del sábado 27 de julio. El conflicto había alcanzado a la Universidad y se tejían los hilos de la solidaridad entre las dos instituciones más importantes del país: el Poli y la UNAM.
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Al final de la jornada del 26 de julio, los reportes oficiales dieron cuenta de 200 detenidos y un número igual de lesionados, entre ellos, cinco agentes de la policía y tres altos mandos: Raúl Mendiolea Cerecero, subjefe de la Policía Preventiva; el coronel Eduardo Estrada Ojeda, jefe del Servicio Secreto; y el capitán Pérez Meza, de la Dirección de Tránsito. También había tres reporteros heridos y fotógrafos de los periódico El Universal, La Prensa y El Día.
La policía capitalina afirmó que intervino a solicitud de la FNET, porque denunciaron a infiltrados y provocadores que habían tomado autobuses para dirigirse al Zócalo. El DDF llegó a negar la irrupción policiaca.
La FNET, a su vez, acusó de los hechos a la Juventud Comunista, a quien reclamó haber distorsionado el espíritu de la manifestación que tenía como propósito “defender al Instituto Politécnico Nacional”.
 La policía no tardó en señalar a los comunistas como los responsables. Los llamó “agitadores” y “provocadores” y los acusó de aprovechar la marcha de los politécnicos “para consumar hechos reprobables”, según comunicado emitido la noche del 26 de julio.
De allí que, todavía vivo el enfrentamiento en el centro de la ciudad, la Dirección Federal de Seguridad y la Policía Secreta la emprendieron contra el Partido Comunista. Allanaron sus oficinas, en la calle Mérida 186 de la colonia Roma, y los talleres y la redacción de su periódico, La Voz de México. Allí detuvieron, sin previa orden de aprehensión, a dirigentes de la CNED y de la JCM.
La mañana del sábado 27, una comisión del PCM intentó entrevistarse con las autoridades para exigir la liberación de sus compañeros y el retiro de policías de sus instalaciones. Al momento, fueron arrestados. En total, 76 dirigentes y militantes comunistas fueron detenidos y 46 de ellos consignados por daño en propiedad ajena, robo, lesiones, injurias, amenazas contra la autoridad, secuestro de ambulantes de la Cruz Roja, resistencia de particulares, pandillerismo y ataques a las vías generales de comunicación.  
Entre el sábado 27 de julio y el domingo 28, los titulares de la prensa hicieron eco unánime: la culpa fue de los comunistas. Los acusaron del enfrentamiento y de promover guerrillas en las escuelas y caos en la ciudad. “Los agitadores llegaron a gritar: ¡Hundiremos a la ciudad en el miedo! ¡Tiemblen que ha empezado una nueva revolución comunista!”, anotó en su crónica el reportero de El Universal, Antonio Lara Barragán.
Para el domingo 28 de julio, las autoridades ya habían fraguado el argumento de la conspiración comunista. En un comunicado de prensa publicado en El Día, la Procuraduría General de la República, a cargo de Julio Sánchez Vargas, aseguró que los líderes del PCM habían “acordado protestar contra la jefatura de policía y enviar grupos de choque al acto que realizarían los alumnos politécnicos, con el objeto de provocar desórdenes para que se viera obligada a intervenir la policía y agravar el problema entre ella y los estudiantes del IPN”.
En el mismo sentido hizo declaraciones a El Universal Luis Cueto, el jefe de policía: “Los únicos responsables de los hechos bochornosos y reprobables son individuos nacionales y extranjeros que han hecho de la agitación su modo de vida, encontrándose entre ellos sujetos comunistas, de extrema izquierda, que aprovechan cualquier acto estudiantil de protesta para alcanzar sus fines perversos”.
“Extraoficialmente” informó a Excélsior que todas las policías del país “tienen órdenes de localizar a un grupo de estudiantes franceses que se dice formaron parte de los problemas ocurridos en aquel país y que se internaron en México hace tres semana”. Agregó a ese diario: “queremos que (los estudiantes) se den cuenta de que todo esto ha sido promovido por agitadores profesionales, de izquierda, con el único propósito de crear un ambiente de zozobra en nuestro país, en vísperas de los Juegos Olímpicos.
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El PCM, en su defensa, argumentó también un “complot”, pero de parte de grupos de extrema derecha. Lo denunciaron Arnoldo Martinez Verdugo, primer secretario del PCM, y Manuel Marcué Pardiñas, el director de la revista Política. El primero declaró: “ Existen muchos hechos que indican que la actitud de la policía fue detenidamente planeada por sectores que quieren conducir a nuestro país por el camino de la violencia reaccionaria y dictatorial. El segundo dijo a Excélsior: “Los responsables son algunos sectores reaccionarios del gobierno mexicano y la embajada norteamericana”.
En medio de la cascada de declaraciones, Excélsior dio cuenta de que dos batallones del Ejército se encontraban listos para actuar en caso de motines. “Estos elementos cuentan con dos compañías de perros amaestrados y están provistos de caretas contra gas y de pistolas lanzagases. Cada soldado, además de sus armas reglamentarias, va provisto de de un bastón macana (…) y son expertos en contrarrestar ofensivas de grupos buscapleitos”.  
La advertencia tenía fundamento y así lo comprobaron los jóvenes, tres días después, la noche del 29 de julio.
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nairel · 7 years
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“tu bala llevaba mi nombre, el nombre de todos nosotros. Fui yo quien cayó muerto y mis amigos me cargaron sobre sus hombros. Mi padre y mi madre te lloran  porque ya no te sentarás a la mesa”. — David. Jairo Johan Ortiz Bustamante Daniel Alejandro Queliz Araca Miguel Ángel Colmenares Brayan David Principal Gruseny Antonio Calderón Carlos José Moreno Paola Andreina Ramírez Gómez : Niumar José San Clemente Barrios Mervins Fernando Guitian Díaz Ramón Ernesto Martínez Cegarra Kevin Steveen León Garzón Francisco Javier González Núñez William Heriberto Marrero Rebolledo Robert Joel Centeno Briceño Jonathan Antonio Meneses López Elio Manuel Pacheco Pérez Romer Stivenson Zamora Jairo Ramírez Yorgeiber Rafael Barrena Bolívar Kenyer Alexander Aranguren Pérez Albert Alejandro Rodríguez Aponte Manuel Pérez José Ramón Gutiérrez Ángel Lugo Salas Estefany Tapias Natalie Martínez Almelina Carrillo Virguez Renzo Rodríguez Roda Jesús Sulbarán Jackson Enrique Hernández Hernández Luis Alberto Márquez Johan Medina Christian Humberto Ochoa Soriano Juan Pablo Pernalete Llovera Eyker Daniel Rojas Gil Yonathan Quintero Ángel Enrique Moreira González Ana Victoria Colmenares de Hernández María de los Angeles Guanipa Barrientos Armando Cañizales Carrillo Gerardo Barrera Hecder Lugo Pérez Anderson Enrique Dugarte Miguel Fernando Castillo Bracho Luis José Alviarez Chacón Diego Hernández Yeison Mora Castillo Diego Fernando Arellano Figueredo José Francisco Guerrero Manuel Felipe Castellanos Molina Paúl Moreno Daniel Rodríguez Jorge Escandón Edy Alejandro Terán Aguilar Yorman Ali Bervecia Cabeza Elvis Adonis Montilla Pérez Alfredo Carrizales Miguel Ángel Bravo Ramírez Freiber Pérez Vielma Erick Antonio Molina Contreras Juan Antonio Sánchez Suárez Adrián José Duque Bravo Augusto Sergio Pugas Velásquez Manuel Sosa Danny José Subero César David Pereira Villegas Nelson Antonio Moncada Gómez María Estefanía Rodríguez Luis Miguel Gutiérrez Molina Yoiner Javier Peña Hernández Orlando José Figuera Neomar Lander 
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laverdadhonduras · 4 years
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Comayagua, Lv.- Debido a la pandemia del coronavirus este año la Academia Militar de Aviación de Honduras realizará inscripciones en tres regiones Comayagua, San Pedro Sula y La Ceiba, un año atípico, explicó el director, Bladimir Flores. La Fuerza Aérea Hondureña comienza a funcionar desde 1931 con cuatro bases, la primera Enrique Soto Cano, Hernán Acosta Mejía, Armando Escalón Espinal y Héctor Carccionli Moncada.
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César Martínez / PERIODISTA
ACADEMIA DE AVIACION: Lista para recibir nuevos ingresos Comayagua, Lv.- Debido a la pandemia del coronavirus este año la Academia Militar de Aviación de Honduras realizará inscripciones en tres regiones Comayagua, San Pedro Sula y La Ceiba, un año atípico, explicó el director, Bladimir Flores.
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latikobe · 5 years
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Semblanza de dos dictaduras
Fulgencio Batista y Fidel Castro (Collage CubaNet)
LA HABANA, Cuba. – La “dictablanda” batistiana y la dictadura de Fidel y Raúl Castro, comparadas con los demonios de la naturaleza, es como comparar un cicloncito categoría 1 con un huracán categoría 5, que aún nos azota y destruye al país.
La  primera pregunta que habría que hacerse para comentar estas dos dictaduras que han ocurrido en Cuba a partir de 1952, sería: ¿Fue Fidel Castro un hombre que respetó las leyes?
Luego basta analizar las efemérides de los años cincuenta del siglo pasado, para comprender cómo Fidel y Raúl se hicieron del poder  a punta de pistola  a lo largo de más de medio siglo.
Enero de 1952 se caracteriza porque comienza a funcionar en Cuba el Tribunal de Cuentas de la República, Fulgencio Batista participa en la Asamblea Nacional del Partido Acción Unitaria (PAU) y se abre el llamado “tercer frente” entre auténticos y ortodoxos.
Días antes de que el senador y expresidente se presentara en el Campamento de Columbia para dar un golpe de estado el 10 de marzo, La Habana estaba inmersa en acontecimientos gansteriles que pudieron haber influido en su ánimo: una bomba explota en la casa de los Gómez Mena, el yate  del Senador Vicente Tejera es destruido por el fuego, es asesinado un exministro por pistoleros en una cafetería y se realizan atentados a varias personalidades  y bufetes.
Unos días después del golpe militar de Batista, grupos de estudiantes universitarios revolucionarios se manifiestan en contra en las afueras  de la Universidad de La Habana, algo que se repite en días posteriores.  En un principio sólo gritaban “abajo el golpe” y “que viva nuestra Constitución”. Luego comenzaron a lanzar piedras hacia la Avenida San Lázaro y calle L del Vedado, gritando insultos contra Batista, hasta que por último se enfrentaron armados a la policía.
Como dato curioso, diremos que ese año la zafra azucarera sobrepasa los siete millones de toneladas y que en seis años había partido al exilio de Miami apenas 26 mil cubanos.
En la madrugada del 31 de diciembre de 1959, el dictador parte de Cuba definitivamente, consciente del clima de violencia que existía en el país, más la cifra de muertos.
Es importante destacar que en la prensa castrista y en los discursos de Fidel y Raúl, a lo largo de seis décadas, se ha repetido la cifra de los veinte mil muertos de Batista, creada y propagada por la Revista Bohemia en sus “Ediciones de la Libertad”, de enero de 1959.  En aquella ocasión se divulgaron los nombres de las víctimas.
Analizados esos nombres, se descubre que entre esos 600 están  los del Ataque al Cuartel Moncada, los asaltantes de Palacio, los del levantamiento del 5 de septiembre en Cienfuegos y otros.
Quedan fuera los centenares de muertos de la guerra que contabilizó el economista  Armando M. Lago, donde murieron 646 revolucionarios y 595 batistianos, mientras que la lucha urbana cobró el doble de vidas que en La Sierra Maestra. El total de muertes fue de 2 mil 741 cubanos.
Recientemente, la reconocida periodista castrista, Rosa Miriam Elizalde, mencionó esa cifra, añadiendo que  “la mayor parte eran víctimas escogidas al azar como escarmiento”, dando a entender la ineficacia de los organismos de investigación  especializados en  identificar a los terroristas.
Pero nunca ha escrito que, a partir de 1959,  en los primeros días de enero, Raúl Castro fusila a más de cien hombres a través de juicios sumarios, cuando aún no se había legalizado la pena capital, ni modificado la Constitución para ratificar 500 condenas a muerte por fusilamiento. Tampoco que hasta el 23 de diciembre de 1959 las ejecuciones habían alcanzado la cifra de 553 y se había sentenciado a 30 años de prisión al Comandante Huber Matos, quien cumplió íntegramente su condena.
Cuba llegó a tener en sus cárceles 150 mil presos políticos y que el número de fusilados, según cifras conservadoras, es de seis mil. El resultado de la dictadura castrista no puede ser peor y la diferencia entre una dictadura y otra es abismal.
  Fuentes consultadas:
Informes del Proyecto Registro de la memoria cubana, por  Armando M. Lago, doctor en Economía de la Universidad de Harvard.
¿Le dice algo el nombre de Esteban Ventura? , por Rosa Miriam Elizalde, Juventud Rebelde, 19 de mayo de 2019
Semblanza de dos dictaduras
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enkivzla · 6 years
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RT @JavierChourioE: Samuel Moncada, enterandose que la Asamblea Nacional designó #22Ene a Gustavo Tarre Briceño, representante especial en la OEA, y que por tanto, será sacado a patadas y no podrá seguir armando sus pataletas en defensa del narcogobierno del usurpador Maduro. https://t.co/GbTi0tFi1M @Yo_Republico
Samuel Moncada, enterandose que la Asamblea Nacional designó #22Ene a Gustavo Tarre Briceño, representante especial en la OEA, y que por tanto, será sacado a patadas y no podrá seguir armando sus pataletas en defensa del narcogobierno del usurpador Maduro. pic.twitter.com/GbTi0tFi1M
— Javier Chourio (@JavierChourioE) January 22, 2019
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entrepalabrasmx · 6 years
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Reúne Festival a los mejores Parrilleros
El Festival, organizado por los parrilleros Luis Ubaldo Moncada Godínez, Enrique Aguilar Rodríguez, José Armando Guillen M., y apoyado por la Secretaría de Turismo del estado de Guanajuato a cargo del maestro Fernando Olivera Rocha, a través del programa gastronómico Guanajuato ¡Sí Sabe!, fue disfrutado por 700 asistentes el pasado 8 de septiembre.
Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato, a 12 de septiembre del 2018. El primer Festival de Parrilleros, realizado en Viñedo de Cuna de Tierra, ubicado en el Pueblo Mágico, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, reunió a 43 parrilleros reconocidos tanto nacionales como internacionales.
El Festival, organizado por los parrilleros Luis Ubaldo Moncada Godínez, Enrique Aguilar Rodríguez, José Armando Guillen M., y apoyado por la Secretaría de Turismo del estado de Guanajuato a cargo del maestro Fernando Olivera Rocha, a través del programa gastronómico Guanajuato ¡Sí Sabe!, fue disfrutado por 700 asistentes el pasado 8 de septiembre.
Además se contó con la presencia de la Asociación de Secretarios de Turismo de México (Asetur).
Las personas que acudieron al evento son provenientes de Salamanca, San Francisco del Rincón, Celaya, San Miguel Allende, San Luis de la Paz, San Felipe, Guanajuato, León, Irapuato, Silao, Juventino Rosas.
Así como de Michoacán, Jalisco, Nuevo León, Coahuila, Baja California, San Luis Potosí, Querétaro, Estado de México, Pachuca, Puebla, Oaxaca, Guerrero, Veracruz y Tlaxcala.
Luis Moncada señaló que este el evento, que ya se lleva a cabo en México, Puebla y Veracruz, surge para reunir y convivir con los mejores parrilleros del estado de Guanajuato, del país y de otros países como Colombia, Argentina y Venezuela.
“Uno de los principales iniciadores de este Festival es Alfonso de León del estado de México, de Villa del Carbón. El evento no se había hecho al público hasta este año en Guanajuato. Cada parrillero vino a presentar lo mejor de la gastronomía, platillos que no encuentras en los restaurantes”, sostuvo, Luis Moncada.
Los deliciosos platillos que degustaron los invitados fueron: Lechón, cabrito a la estaca, espadas brasileñas, paella, postres a la parrilla, arepas, morcilla, chorizos ahumados, puerco a la griega, costilla a la estaca, cochinito oriental, filete fuego tinto, filete dolores, tuétanos, cabrito al ataúd, chorizario, asados horneados, brisket ahumado, mariscada.
Así como picañas en costra de café, salsas a la parrilla, trompo de mollejas, chorizo verde, corbatas, pollo violado, pollos asados, costillas agridulce, prime ribs asados, alitas a la parrilla, mollejas, rabo de res, insectos, carne exótica, cochinita pibil, aguachile de rib eye, costillares a la estaca, espadas brasileña.
Además se contó con la participación de productores del estado de Guanajuato y del país, ofreciendo a los invitados mezcales estatales y nacionales, Nieves artesanales La Flor de Dolores, Salsas Gourmet, mandiles de cueros, desechables biodegradables, sales exóticas, cecina, cerámica artesanal, y alfarería contemporánea.
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texasborderbusiness · 6 years
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Pictured are VAMOS president Johnny Oliva; Sonia Falcon, former president and board member; Judge Linda Yañez, keynote speaker. Also attending Yoli Cantu and in the background are scholarship recipients at the VAMOS 22nd Annual Scholarship Banquet at the Edinburg Conference Center at Renaissance. $1.4 million was awarded to 85 students for a four-year higher education degree. Photo by Roberto Hugo Gonzalez
The scholarship program delivers 96% rate graduation
By Roberto Hugo Gonzalez
As originally published in Texas Border Business newsprint edition October 2018
What a grand celebration, The Valley Alliance of Mentors for Opportunities and Scholarships (VAMOS), celebrated its 22nd annual celebration. On July 16th, 2018, 85 students were awarded a total of $1.4 million for the four-year renewable scholarships. The scholars were selected from Starr, Cameron and Hidalgo Counties to attend the university of their choice. Some of those students will be attending top-notch universities such as UTRGV and Dartmouth University. VAMOS recipients are attending any university from Texas or the United States.
For students to join the VAMOS train is simple. Typically, VAMOS awards $10-20,000 scholarships and the application opens December 1st and closes on April 1st of every year. The second phase is done by the scholarship committee that goes through thousands of applications and selects the students that they find are well deserving of the VAMOS scholarship. The third phase is to pair scholars with a mentor specifically within their major. That explains the reason why VAMOS graduation rate is at 96%.
The program is simple, and this is how it works: VAMOS provides funds for a four-year college degree. If the student is the recipient for $20,000, that means they will get $5,000 per year. However, there is a requirement, aside from students delivering a minimum of 2.75 GPA, they also need to give back to their communities. Recipients provide a minimum of 40 hours of community service per year as a requirement and to keep in good standing with the program. VAMOS board stresses that giving back to the community is paramount to the success of the program and the student.
Alonzo Cantu VAMOS Chairman Emeritus
Armando Adame Vamos Secretary
Dr. Armando Moncada VAMOS Chairman Emeritus
David Deanda, Jr. VAMOS Board Member
Eliseo Salinas Jr. VAMOS Vice-President
Heather Margain Martinez VAMOS Board Member
Irma Gomez VAMOS Board Member
Joe Quiroga VAMOS Board Member
Johnny Oliva VAMOS President
Linda Tovar VAMOS Board Member
Rick Margo Vamos Board Treasurer
Sam Saldivar, Jr. VAMOS Board Member
Sonia A. Falcon VAMOS Board Member
According to Sonia Falcon, former VAMOS president for twelve years, once they graduate, VAMOS scholars come back to the Valley to open up businesses such as Dr. Melissa Uriegas, a 2005 VAMOS scholar, who operates her practice, Uriegas Dentistry. Thanks to VAMOS and Dr. Uriegas, who kept her end of the bargain, she got the necessary funds to get her education.
On August 10, 2018, this reporter attended the open house and ribbon cutting ceremony of Uriegas Dentistry. At this event, I spoke to Daisy Martinez, the executive director of VAMOS. She was excited to see Melissa Uriegas celebrating such an essential function of her professional career.
“I came on board in 2016, and so we received a phone call, and it was from Melissa saying, “Hey, I was a VAMOS scholar, and I’d like to give back,” Daisy told Texas Border Business. “Dr. Uriegas regularly attends to VAMOS events and in some occasions has been a guest speaker of our holiday party, and it’s great to see her giving back to the community,” Daisy said.
Johnny Oliva, VAMOS President
Johnny Oliva is the VAMOS president; he is considered another mover and shaker of this community. He works along with 13 hard-working board members; one of them is Alonzo Cantu. He is one of the principal founders of this great organization that is helping young people to get educated. Daisy said that this is the hardest working board that she has ever had the privilege to collaborate with.
“They strive year-round to find donors and to find sponsors to give back to VAMOS.” She said, “We’re grateful of our sponsors, and that is why we’re able to award so much in scholarships.” In past years, VAMOS has awarded a million dollars per year, but this year it was $1.4 million. Daisy said, “the additional $400,000 came from Alonzo Cantu scholarship for the University of Houston.”
The VAMOS 22nd Annual Scholarship Banquet took place at the Edinburg Conference Center at Renaissance, 85 students with parents and additional family participated with joy and pride.
Daisy Martinez, Executive Director of VAMOS
VAMOS is now an integral part of the Rio Grande Valley. A large number of students are graduating debt-free, and that’s huge for the families because it’s one less financial burden on them and the students can achieve their dreams by acquiring post-secondary education. According to Daisy, the board’s goal is always to award more money in scholarships and they feel that it is attainable. VAMOS has developed an excellent reputation that even national organization are starting to notice.
Recently the VAMOS organization received the “Hispanic Scholarship Fund Community Partner of the Year” award, this was in April 2018, where the Hispanic Scholarship Fund recognized VAMOS for their hard work.
The hardest part of this program is to be part of the reviewing committee. They are in charge of reading all applications. This year, 1,200 students applied for scholarships, there was only $1.4 million; it was just enough for 85 scholars.
The scholarship committee is comprised of ten to fifteen people that always give up their evenings to read the petitions. Daisy said, “There are tears and smiles as you read applications and get a feel for each one of them.”
L-R: Judge Linda Yañez and Yoli Cantu. Both attended to The VAMOS 22nd Annual Scholarship Banquet. Judge Yañez was the keynote speaker of the event. Photo by Roberto Hugo Gonzalez
VAMOS is a nonprofit organization and relies heavily on donations. One of the annual fundraisers is the golf tournament, which is always a success. VAMOS golf tournament for 2019 is on March 2nd, at the Palm View Golf Course, this event brings most of the funding needed for scholarships.
Since 1997 VAMOS has awarded over $20 million, and they have fundraised close to $25 million. Their priority is making sure that all the funds go towards scholarships, and for the students to receive a post-secondary education. So, keep an eye on VAMOS, if they call for a donation, please have your wallet open. Their idea and vision to get as many young people as possible educated, rocks!
VAMOS Disperses $1.4 Million for Scholarships in Celebration of their 22nd Annual Celebration The scholarship program delivers 96% rate graduation By Roberto Hugo Gonzalez As originally published in Texas Border Business newsprint edition October 2018…
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